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Maquin, G., (2024). Informe jurídico sobre expediente N° 26878- 2014-0-1801-JR-CI-27 [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/13794
Maquin, G., Informe jurídico sobre expediente N° 26878- 2014-0-1801-JR-CI-27 []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2024. https://hdl.handle.net/20.500.12727/13794
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Título: Informe jurídico sobre expediente N° 26878- 2014-0-1801-JR-CI-27
Autor(es): Maquin Olortegui, Gonzalo Julian
Palabras clave: Proceso civil; Prescripción adquisitiva de dominio; Recurso de casación; Sentencias
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2024
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: En el presente informe jurídico se analiza el proceso civil que recayó en el
Expediente Judicial No. 26878-2014-0-1801-JR-CI-27 sobre prescripción
adquisitiva de dominio, proceso que inició con la demanda interpuesta por C.
O. G. H. en contra de L. C. I. I.
El demandante señaló como petitorio que se le declare propietario del inmueble
ubicado en el distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima. Mediante
resolución No. 01, de fecha 17 de junio de 2017, el Vigésimo Séptimo Juzgado
Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima admitió a trámite la demanda
interpuesta y, en consecuencia, notificó la misma a la parte demandada a efectos
de que realice la contestación correspondiente. En ese sentido, la demandada
se apersonó al proceso y contestó la demanda negando y contradiciéndola en
todos sus extremos. Seguidamente, mediante resolución No. 04, de fecha 7 de
enero de 2015, el referido órgano jurisdiccional declaró saneado el proceso y
estableció la existencia de una relación jurídica procesal válida. A través de la
resolución No. 07, de fecha 1 de abril de 2015, el Vigésimo Séptimo Juzgado
Civil fijó los puntos controvertidos, admitió los medios probatorios ofrecidos por
las partes y señaló fecha para la audiencia de pruebas. Como resultado,
mediante resolución No. 18, de fecha 26 de agosto de 2016, el juzgado emitió
sentencia y declaró infundada la demanda sobre prescripción adquisitiva de
dominio incoada por el accionante. No obstante, ante dicha inconformidad, el
demandante interpuso recurso de apelación, el cual fue concedido y elevado al
superior jerárquico. La apelación interpuesta fue resuelta por la Quinta Sala Civil
de la Corte Superior de Justicia de Lima quien confirmó la sentencia emitida
por el a quo el cual había declarado infundada la demanda. Finalmente, el
demandante interpuso recurso extraordinario de casación, el mismo que fue
declarado improcedente por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de
Justicia de Lima.
Así, en el presente informe se analizarán ideas y conceptos relacionados a la
prescripción adquisitiva de dominio, sus requisitos, medios probatorios que lo
acreditan y, en definitiva, las instituciones en general tanto del derecho civil como
del derecho procesal civil.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12727/13794
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Zavalaga Ortiz, Carmen Elena; Liendo Miranda, Claudia Elisa; Salazar Gamboa, Oscar Fritz Alexander
Fecha de registro: 26-abr-2024
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