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Título: Caso Atala Riffo y niñas vs Chile
Asesor(es): Bregaglio Lazarte, Renata Anahí
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 8-ago-2022
Institución: Pontificia Universidad Católica del Perú
Resumen: The main objective of this legal report is to analyze the Inter-American Court of Human Rights’ sentence in the case Atala Riffo and Children vs. Chile. This sentence was chosen because it’s the first case in which the Court uses the category “sexual orientation” as a criterion protected by article 1.1 of the American Convention on Human Rights. That resolution began the already abundant jurisprudence on protecting LGBTI people’s human rights. In response to what happened with Mrs. Atala Riffo and her daughters, the Inter-American Court highlights the importance of the principle of equality and non-discrimination for the effective application of the rights contained in the Convention, such as equality before the law, private and family life, judicial guarantees and the specific protection of children. In conclusion, it’s argued that in the Inter- American System for the protection of human rights: (i) the list of categories protected by the non-discrimination is open, (ii) the application of the law shouldn´t give rise to differences in treatment based on sexual orientation, (iii) the sexual orientation of the mother or father is not relevant in custody or disciplinary processes, and (iv) the human rights of the children, to be heard in all matters that affect them, is duly protected by articles 8.1 and 19 of the Convention.

El objetivo general del presente informe jurídico es analizar la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en el caso Atala Riffo y niñas vs. Chile. Se elige esta sentencia debido a que es el primer caso en el que el mencionado Tribunal utiliza la categoría “orientación sexual” como un criterio protegido por el artículo 1.1. de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) y, como tal, es la resolución que da inicio a su ya abundante jurisprudencia en materia de protección de los derechos humanos de las personas LGBTI. En esa línea, en atención a lo sucedido con la señora Atala Riffo e hijas, la Corte IDH resalta la trascendencia del principio de igualdad y no discriminación, para la aplicación efectiva de los derechos contenidos en la CADH, tales como la igualdad ante la ley, la vida privada y familiar, las garantías judiciales y la protección específica de las niñas y niños. Es por ello que, a manera de conclusión, se sostiene que en el Sistema Interamericano de protección de los derechos humanos: (i) es abierta la lista de categorías protegidas por el mandato de no discriminación, (ii) que la aplicación de la ley no debe dar lugar a diferencias de trato motivadas en la orientación sexual, (iii) que la orientación sexual de la madre o del padre no es relevante en un proceso de tenencia, ni en un proceso disciplinario, y (iv) que el derecho humano de las niñas y de los niños, a ser oídos en todo asunto que les afecta, está debidamente protegido por los artículo 8.1 y 19 de la CADH.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Pontificia Universidad Católica del Perú. Facultad de Derecho.
Grado o título: Abogado
Jurado: Zafra Ramos, Rita del Pilar; Anci Paredes, Noemi
Fecha de registro: 8-ago-2022; 8-ago-2022



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