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Retamozo, S., (2022). Caso Atala Riffo y niñas vs Chile [Pontificia Universidad Católica del Perú]. http://hdl.handle.net/20.500.12404/22992
Retamozo, S., Caso Atala Riffo y niñas vs Chile []. PE: Pontificia Universidad Católica del Perú; 2022. http://hdl.handle.net/20.500.12404/22992
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title = "Caso Atala Riffo y niñas vs Chile",
author = "Retamozo Cruz, Susana Gabriela",
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Title: Caso Atala Riffo y niñas vs Chile
Authors(s): Retamozo Cruz, Susana Gabriela
Advisor(s): Bregaglio Lazarte, Renata Anahí
Keywords: Menores--Legislachión --Chile; Menores--Protección--Chile; Corte Interamericana de Derechos Humanos--Jurisprudencia; Discriminación sexual--Legislación--Chile
OCDE field: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Issue Date: 8-Aug-2022
Institution: Pontificia Universidad Católica del Perú
Abstract: The main objective of this legal report is to analyze the Inter-American Court of Human
Rights’ sentence in the case Atala Riffo and Children vs. Chile. This sentence was
chosen because it’s the first case in which the Court uses the category “sexual
orientation” as a criterion protected by article 1.1 of the American Convention on Human
Rights. That resolution began the already abundant jurisprudence on protecting LGBTI
people’s human rights. In response to what happened with Mrs. Atala Riffo and her
daughters, the Inter-American Court highlights the importance of the principle of equality
and non-discrimination for the effective application of the rights contained in the
Convention, such as equality before the law, private and family life, judicial guarantees
and the specific protection of children. In conclusion, it’s argued that in the Inter-
American System for the protection of human rights: (i) the list of categories protected
by the non-discrimination is open, (ii) the application of the law shouldn´t give rise to
differences in treatment based on sexual orientation, (iii) the sexual orientation of the
mother or father is not relevant in custody or disciplinary processes, and (iv) the human
rights of the children, to be heard in all matters that affect them, is duly protected by
articles 8.1 and 19 of the Convention.
El objetivo general del presente informe jurídico es analizar la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en el caso Atala Riffo y niñas vs. Chile. Se elige esta sentencia debido a que es el primer caso en el que el mencionado Tribunal utiliza la categoría “orientación sexual” como un criterio protegido por el artículo 1.1. de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) y, como tal, es la resolución que da inicio a su ya abundante jurisprudencia en materia de protección de los derechos humanos de las personas LGBTI. En esa línea, en atención a lo sucedido con la señora Atala Riffo e hijas, la Corte IDH resalta la trascendencia del principio de igualdad y no discriminación, para la aplicación efectiva de los derechos contenidos en la CADH, tales como la igualdad ante la ley, la vida privada y familiar, las garantías judiciales y la protección específica de las niñas y niños. Es por ello que, a manera de conclusión, se sostiene que en el Sistema Interamericano de protección de los derechos humanos: (i) es abierta la lista de categorías protegidas por el mandato de no discriminación, (ii) que la aplicación de la ley no debe dar lugar a diferencias de trato motivadas en la orientación sexual, (iii) que la orientación sexual de la madre o del padre no es relevante en un proceso de tenencia, ni en un proceso disciplinario, y (iv) que el derecho humano de las niñas y de los niños, a ser oídos en todo asunto que les afecta, está debidamente protegido por los artículo 8.1 y 19 de la CADH.
El objetivo general del presente informe jurídico es analizar la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en el caso Atala Riffo y niñas vs. Chile. Se elige esta sentencia debido a que es el primer caso en el que el mencionado Tribunal utiliza la categoría “orientación sexual” como un criterio protegido por el artículo 1.1. de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) y, como tal, es la resolución que da inicio a su ya abundante jurisprudencia en materia de protección de los derechos humanos de las personas LGBTI. En esa línea, en atención a lo sucedido con la señora Atala Riffo e hijas, la Corte IDH resalta la trascendencia del principio de igualdad y no discriminación, para la aplicación efectiva de los derechos contenidos en la CADH, tales como la igualdad ante la ley, la vida privada y familiar, las garantías judiciales y la protección específica de las niñas y niños. Es por ello que, a manera de conclusión, se sostiene que en el Sistema Interamericano de protección de los derechos humanos: (i) es abierta la lista de categorías protegidas por el mandato de no discriminación, (ii) que la aplicación de la ley no debe dar lugar a diferencias de trato motivadas en la orientación sexual, (iii) que la orientación sexual de la madre o del padre no es relevante en un proceso de tenencia, ni en un proceso disciplinario, y (iv) que el derecho humano de las niñas y de los niños, a ser oídos en todo asunto que les afecta, está debidamente protegido por los artículo 8.1 y 19 de la CADH.
Link to repository: http://hdl.handle.net/20.500.12404/22992
Discipline: Derecho
Grade or title grantor: Pontificia Universidad Católica del Perú. Facultad de Derecho.
Grade or title: Abogado
Juror: Zafra Ramos, Rita del Pilar; Anci Paredes, Noemi
Register date: 8-Aug-2022; 8-Aug-2022
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