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Título: El momento de la determinación de la competencia en el proceso civil. Un conflicto normativo entre en artículo 8 y el artículo 438 inciso 1 del Código Procesal Civil
Asesor(es): Cruz Vegas, Ruben Alfredo
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Fecha de publicación: 2024
Institución: Universidad Privada Antenor Orrego
Resumen: La presente investigación ha buscado problematizar sobre 2 reglas jurídicas contenidas en el Código Procesal Civil; por ello, es que el título de la investigación ha girado en torno al artículo 8 y el artículo 438 inciso 1, del cuerpo normativo antes mencionado. Así pues, que con ayuda de doctrina nacional y comparada; y, con el análisis de las reglas jurídicas que versan sobre esta categoría, se ha podido entender esta problemática y se ha llegado a una conclusión general: Los fundamentos jurídicos para afirmar que la determinación de competencia se produce al momento de la interposición de la demanda, en el proceso civil peruano son; en primer lugar, la Tutela jurisdiccional efectiva, puesto que ello implica una protección adecuada y eficaz por parte del Estado a los justiciables; otro fundamento está en el entendimiento de que el proceso civil se inicia con la interposición de la demanda; y, este fundamento está conectado la Tutela jurisdiccional efectiva. Otro de los fundamentos es el principio de aplicación inmediata de la ley, el mismo que incluso tiene sustento Constitucional, el miso que resulta coherente con el principio de la irretroactividad de la ley. Otro fundamento vendría a estar constituido por la segunda disposición final del Código Procesal Civil, el mismo que regula la ultraactividad de las normas procesales; empero lo antes dicho, uno de los motivos vendría hacer la economía y celeridad procesal; pues, que la competencia pueda determinarse posterior a este momento implicaría la posibilidad que el proceso pueda estar sufriendo cambios de competencia que conllevarían a dilaciones innecesarias en el proceso

The present investigation has sought to problematize about 2 legal rules contained in the Civil Procedure Code; For this reason, it is that the title of the investigation revolved around article 8 and article 438 paragraph 1, of the aforementioned normative body. Thus, with the help of national and comparative doctrine; and, with the analysis of the legal rules that deal with this category, it has been possible to understand this problem and a general conclusion has been reached: The legal grounds to affirm that the determination of competence occurs at the time of the filing of the claim , in the Peruvian civil process are; in the first place, the effective judicial Protection, since this implies an adequate and effective protection by the State to the defendants; another foundation is in the understanding that the civil process begins with the filing of the lawsuit; and, this foundation is connected to the effective jurisdictional Guardianship. Another of the foundations is the principle of immediate application of the law, the same one that even has Constitutional support, the same one that is consistent with the principle of the non-retroactivity of the law. Another foundation would come to be constituted by the second final provision of the Civil Procedure Code, the same one that regulates the ultra-activity of the procedural norms; However, what has been said before, one of the reasons would come to make the economy and procedural speed; Therefore, the fact that jurisdiction can be determined after this moment would imply the possibility that the process may be undergoing changes in jurisdiction that would lead to unnecessary delays in the process
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Privada Antenor Orrego. Facultad de Derecho y Ciencias Politicas
Grado o título: Abogada
Jurado: Ortecho Aguirre, Rocio Belu; Purizaca Sandoval, Shirley Alicia; Rincon Martinez, Angela
Fecha de registro: 14-ago-2024



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