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Iparraguirre, K., (2021). Informe Jurídico de Expediente Laboral Nº 2268-2014-0-1501-JR-LA-02 [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/9445
Iparraguirre, K., Informe Jurídico de Expediente Laboral Nº 2268-2014-0-1501-JR-LA-02 []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2021. https://hdl.handle.net/20.500.12727/9445
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Título: Informe Jurídico de Expediente Laboral Nº 2268-2014-0-1501-JR-LA-02
Autor(es): Iparraguirre Alarcón, Katia Isabel
Palabras clave: Proceso laboral; Reposición; Protección resarcitoria
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2021
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: En el presente Informe Jurídico se analiza el proceso laboral interpuesto por la
señora K.E.R.P en contra de su ex empleadora A.S.C S.A. con el objeto de obtener su
reposición.
La demandante ampara su demanda en el fundamento jurídico 15.b de la
Sentencia recaída en el Expediente No. 976-2001-AA/TC; y solicita su reposición al
puesto de labores que ostentaba antes de su despido.
La demandada A.S.C S.A, por su parte, contesta la demanda señalando que la
accionante habría optado por la protección resarcitoria de su despido al haber hecho
cobro de la indemnización por despido arbitrario y sus beneficios sociales, amparando la
contestación en el literal b) del Fundamento 36 del precedente vinculante recaído en la
Sentencia del Tribunal Constitucional del Exp. 03052-2009-PA/TC caso Yolanda Lara y
otros.
En primera instancia, el Juzgado declara Improcedente la demanda en aplicación
del literal b) del Fundamento 36 del precedente vinculante recaído en el Exp. 03052-
2009-PA/TC; la Sentencia es apelada, y, en Segunda Instancia la Sala declara Nula la
Sentencia de primera instancia bajo el criterio de que el pago de la indemnización por
despido arbitrario carece de validez al no haberse observado los fundamentos (ratio
dicidendi) que permitieron crear la regla del precedente vinculante aplicado.
El Juzgado emite una nueva Sentencia, esta vez declarando fundada la demanda
de reposición. La empresa demandada interpone un Recurso de Apelación contra esta
Sentencia bajo el argumento de que no se estaría aplicando el literal b) del Fundamento
36 del precedente vinculante recaído en la Sentencia del Tribunal Constitucional del Exp.
03052-2009-PA/TC, el Recurso fue resuelto con la Sentencia de Vista Nro. 1017-2015,
la misma que confirma la sentencia que declara fundada la demanda.
En consecuencia, la empresa presenta un Recurso de Casación, bajo el
argumento de que la Sala se habría apartado del precedente vinculante recaído en la
Sentencia del Tribunal Constitucional Exp. Nro. 0352-2009-AA/TC.
Finalmente, la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la
Corte Suprema resuelve el Recurso de Casación declarando FUNDADO el Recurso;
revoca la Sentencia que declaró fundada la demanda y reformándola la declara
INFUNDADA aplicando el literal b) del Fundamento 36 del precedente vinculante recaído
en la Sentencia del Tribunal Constitucional del Exp. 03052-2009-PA/TC.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12727/9445
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Jiménez Silva, Carlos Humberto; Jorge Rojas, Gustavo Antenor Paulo; León Charca, Aly Félix
Fecha de registro: 10-feb-2022
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