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Ortiz, L., (2024). Informe Jurídico Sobre Expediente Nº 6145-2016 [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/13566
Ortiz, L., Informe Jurídico Sobre Expediente Nº 6145-2016 []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2024. https://hdl.handle.net/20.500.12727/13566
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Título: Informe Jurídico Sobre Expediente Nº 6145-2016
Autor(es): Ortiz Villanueva, Lindomira Guadalupe
Palabras clave: Violación sexual
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2024
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: Se precisa que L.F.F.M., habría abusado sexualmente de la menor agraviada
Clave M.P.G.R.I. de nueve años de edad y, en circunstancias que la menor se
encontraba en su domicilio ubicado en el Jr. XXX, lo que aprovechaba el
procesado para ingresar por el hecho de dicha vivienda, y una vez en el interior,
abusaba sexualmente de la menor agraviada, para luego retirarse del lugar,
amenazándole de muerte si contaba lo sucedido, abuso sexual que se habría
repetido en varias ocasiones, tanto en vía vaginal como anal, siendo la última
vez que perpetró el ilícito el día 03 de diciembre de 2016, en que la menor
agraviada llorando le pone en conocimiento de lo sucedido a su madre, quien
interpone la denuncia correspondiente, lo que personal policial inicia la búsqueda
y captura del procesado, logrando ser ubicado e intervenido en el interior del
Mercado XXX, hecho que ha sido corroborado con el Certificado Médico Legal,
el cual concluye que la menor víctima presenta signos de desfloración antigua y
signos de coito contra natura antiguo.
Ante el recurso de apelación, la Primera Sala Especializada en lo Penal para
Procesos con Reos en Cárcel, emite la sentencia que condena al acusado
L.F.F.M. como autor del delito contra la libertad sexual – violación de la libertad
sexual – violación sexual de un menor de edad, en agravio de la menor signada
con clave M.P.G.R.I. y como tal le impusieron treinta y cinco años de pena
privativa de libertad; asimismo, le fijaron en quince mil soles, el monto por
concepto de reparación civil, que deberá abonar al sentenciado a favor de la
agraviada.
Se precisa el recurso de apelación de la defensa técnica, por lo que la Sala Penal
Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, emite el Recurso
de Nulidad Nro. 228-2018, Lima, en la cual se declara no haber nulidad en la
sentencia de primera instancia que condenó a L.F.F.M., como autor del delito
contra la libertad sexual – violación sexual de menor de edad, en agravio de la
menor con clave M.P.G.R.I. a treinta y cinco años de pena privativa de libertad,
tratamiento terapéutico y fijó quince mil soles la reparación civil.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12727/13566
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Alvarez Yrala, Edwar Omar; Paucar Chappa, Marcial Eloy; Carrión Diaz, Juan Elias
Fecha de registro: 4-abr-2024
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