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Ortiz Villanueva, Lindomira Guadalupe
2024-04-04T20:47:50Z
2024-04-04T20:47:50Z
2024
https://hdl.handle.net/20.500.12727/13566
Se precisa que L.F.F.M., habría abusado sexualmente de la menor agraviada Clave M.P.G.R.I. de nueve años de edad y, en circunstancias que la menor se encontraba en su domicilio ubicado en el Jr. XXX, lo que aprovechaba el procesado para ingresar por el hecho de dicha vivienda, y una vez en el interior, abusaba sexualmente de la menor agraviada, para luego retirarse del lugar, amenazándole de muerte si contaba lo sucedido, abuso sexual que se habría repetido en varias ocasiones, tanto en vía vaginal como anal, siendo la última vez que perpetró el ilícito el día 03 de diciembre de 2016, en que la menor agraviada llorando le pone en conocimiento de lo sucedido a su madre, quien interpone la denuncia correspondiente, lo que personal policial inicia la búsqueda y captura del procesado, logrando ser ubicado e intervenido en el interior del Mercado XXX, hecho que ha sido corroborado con el Certificado Médico Legal, el cual concluye que la menor víctima presenta signos de desfloración antigua y signos de coito contra natura antiguo. Ante el recurso de apelación, la Primera Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos en Cárcel, emite la sentencia que condena al acusado L.F.F.M. como autor del delito contra la libertad sexual – violación de la libertad sexual – violación sexual de un menor de edad, en agravio de la menor signada con clave M.P.G.R.I. y como tal le impusieron treinta y cinco años de pena privativa de libertad; asimismo, le fijaron en quince mil soles, el monto por concepto de reparación civil, que deberá abonar al sentenciado a favor de la agraviada. Se precisa el recurso de apelación de la defensa técnica, por lo que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, emite el Recurso de Nulidad Nro. 228-2018, Lima, en la cual se declara no haber nulidad en la sentencia de primera instancia que condenó a L.F.F.M., como autor del delito contra la libertad sexual – violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor con clave M.P.G.R.I. a treinta y cinco años de pena privativa de libertad, tratamiento terapéutico y fijó quince mil soles la reparación civil. (es_PE)
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Violación sexual (es_PE)
Informe Jurídico Sobre Expediente Nº 6145-2016
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Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho (es_PE)
Derecho (es_PE)
Abogado (es_PE)
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73061478
421016 (es_PE)
Alvarez Yrala, Edwar Omar
Paucar Chappa, Marcial Eloy
Carrión Diaz, Juan Elias
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Privada asociativa
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