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Title: Centro de formación superior para personas con síndrome de down en el distrito de Los Olivos
Advisor(s): Uría Toro, Marlenne Giovanna
OCDE field: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#6.04.08
Issue Date: 2019
Institution: Universidad Femenina del Sagrado Corazón
Abstract: En la actualidad el término “discapacidades“ ha sido redefinido como “Habilidades diferentes“, ya que sus limitaciones físicas o intelectuales, han sido compensadas con el desarrollo de otras capacidades, tal como sucede en el caso de las personas con Síndrome de Down; sin embargo, en el Perú, la educación es una de las mayores limitantes que poseen para su desarrollo autónomo, puesto que las soluciones del estado son inclusivas, más no integradoras. ¿Cuál es la diferencia entre políticas inclusivas e integradoras?, ¿por qué es necesario que el estado garantice la igualdad de oportunidades para las personas con Síndrome de Down?, cuál es la importancia de la inserción laboral de las personas con Síndrome de Down? La población con Síndrome de Down ha sido poco favorecida a pesar del desarrollo económico del país, dejando de lado sus necesidades. Por lo cual es necesario compensar esta carencia, generando mayor conciencia y orientando nuevas alternativas de solución a problemas menos enfocados, como este. El código civil en el Perú, ignora como ciudadanos autónomos a las personas con Síndrome de Down, careciendo de derechos como un contrato laboral, esto a pesar de que en los últimos 20 años su calidad de vida ha mejorado y se ha demostrado que el nivel de discapacidad intelectual no genera limitaciones ya que las habilidades pueden ser descubiertas o reforzadas con asistencia y cooperación de una grupo de especialistas en los diferentes campos que requiera cada una de las personas que presente este síndrome, es por ello que el objetivo principal es generar una infraestructura la cual brinde la formación necesaria que garantice que puedan acceder al mercado laboral; un centro de formación especializado lograría que las personas con Síndrome de Down también puedan acceder a la educación superior, y además, no solo brinde conocimientos, sino que también pueda desarrollar sus capacidades, logrando que posteriormente tengan facilidad y más alternativas vocacionales para su inserción laboral.

In actuality, the term “disabilities“ has been redefined as “different abilities“, due to the fact that the limitations (physical and intellectual) have been compensated by the development of other abilities, such in the case of people with Down´s syndrome. It is nevertheless true that in Peru, their education is one of it's major limitations they posses for their autonomous development, being that the imposed solution by the state are inclusive, but not integrated. What is the difference between inclusive and integrated policies?, why is it necessary that the state guarantees an equality in opportunities for people with Down syndrome? The Down´s syndrome population has been the least favored despite the countries economical progress, disregarding their needs. Which is why it is important to shine a light in this matter, generating a bigger awareness and guidance to new alternatives in resolving a matter least focused like this one. Peruvian civil code ignores people with Down syndrome as self-employed citizens, taking away their labor rights contract, this happens even though in the last 20 years their quality of life has improved and its been proven that their intellectual disability is low, which is why the main objective is to create an infrastructure that will bring necessary information whom which guarantees that they will access the labor market; a specialized center will give people with Down syndrome access to superior education. In addition, it will not only bring knowledge but also develop their special abilities, which will in the end provide more resources and career alternatives as they enter the employment market.
Discipline: Arquitectura
Grade or title grantor: Universidad Femenina del Sagrado Corazón. Facultad de Arquitectura
Grade or title: Arquitecta
Juror: Uría Toro, Marlenne Giovanna; Aldama Ames, Jaime Ronald; Zenteno Begazo, Victor Julio César
Register date: 6-Feb-2019



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