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Título: Obligatoriedad de tratamiento psicológico al sentenciado en lesiones graves a la mujer
Campo OCDE: http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.03
Fecha de publicación: 2020
Institución: Universidad Continental
Resumen: Objetivo: Describir si es necesario establecer la obligatoriedad de un tratamiento psicológico al sentenciado por el delito de lesiones graves por violencia contra la mujer por su condición de tal. Metodología: Se utilizaron dos instrumentos, el primero fue una ficha de revisión documental, donde se analizaron sentencias judiciales peruanas relacionadas con el delito de lesiones graves por violencia contra la mujer por su condición de tal; y el segundo fue una entrevista semiestructurada a tres personas agremiadas al Ilustre Colegio de Abogados de Junín (un juez, un fiscal y un abogado). Principal resultado: Sí es viable en el Perú establecer la obligatoriedad de un tratamiento psicológico al sentenciado por el delito de lesiones graves por violencia contra la mujer por su condición de tal. Conclusión: El tratamiento psicológico al sentenciado es de manera voluntaria; sin embargo, debería ser obligatorio. Este tratamiento psicológico es fundamental a fin de facilitar la readaptación social del sentenciado por el delito de lesiones graves por violencia contra la mujer por su condición de tal, así como para prevenir su reincidencia del sentenciado en este tipo penal.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Continental. Facultad de Derecho.
Grado o título: Abogado
Jurado: Armaza Armaza, Manuel Alejandro; Malabrigo Alarcon, Rodolfo Rainiero Gian Franco; Macedo Mayo, Roberto Edmundo
Fecha de registro: 31-mar-2021



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