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Mansilla, R., (2022). Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 0347-2018/CPC-INDECOPI [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/11549
Mansilla, R., Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 0347-2018/CPC-INDECOPI []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2022. https://hdl.handle.net/20.500.12727/11549
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Título: Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 0347-2018/CPC-INDECOPI
Autor(es): Mansilla Vera, René Alberto
Palabras clave: Protección al consumidor; Proceso administrativo; Denuncia
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2022
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: Mediante escrito presentado a través de la Mesa de Partes de la Oficina Regional
del Indecopi de Piura el día 20 de abril de 2018, el señor G.R.C. (en adelante el
Señor R. denunció a MAKRO SUPERMAYORISTA S.A. (En adelante Makro) y a
INVERSIONES ELMILAND S.A.C. (En adelante Elmiland) por el presunto
incumplimiento a los artículos 18 y 19 de la Ley N° 29571 - Código de Protección y
Defensa del Consumidor, dado que su auto de placa P1S- 142 sufrió daños al ser
chocado por la camioneta de placa AMI-919.
Señala que no obtuvo respuesta por parte del conductor quien le ocasionara el daño,
y que además ni Makro y Elmiland asumieron responsabilidad alguna frente al
incidente, presentado así los respectivos reclamos para que estos se hiciesen
responsables por los daños a su vehículo. En adición a ello, señala que en un primer
momento no le brindaron los datos del conductor responsable del hecho, pero que
posteriormente Elmiland si lo hizo.
Estando debidamente notificadas las partes denunciadas, la Comisión de Protección
al Consumidor resolvió declarar infundada la denuncia contra Makro y Elmiland en
el extremo referido a que ambas denunciadas no tendrían responsabilidad frente a
los daños ocurridos al Señor R., sin embargo, se verifica que los denunciados no
habrían adoptado las medidas de seguridad necesarias para garantizar la
integridad del vehículo de propiedad del Señor R. Asimismo, declaró fundada la
denuncia interpuesta contra Makro e Inversiones Elmiland, por infracción de los
artículos 18° y 19° del Código, en tanto no consideró acreditado que ambas
denunciadas hayan implementado un procedimiento de actuación frente a los daños
que pudieran ocurrirle a los vehículos en el interior del estacionamiento.
Interpuestos los recursos de apelación por parte del Makro y Elmiland, el Superior
Jerárquico resolvió mediante Resolución 2564-2019/SPC-INDECOPI la Sala
Especializada en Protección al Consumidor resolvió confirmar, modificando
fundamentos, la Resolución 146-2019/INDECOPI-PIU del 20 de febrero de 2019,
emitida por la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Piura, en el extremo
que declaró fundada la denuncia interpuesta por el señor R. contra Inversiones
Elmiland S.A.C., por infracción de los artículos 18° y 19° del Código de Protección y
Defensa del Consumidor; respecto de la conducta consistente en no haber
implementado un procedimiento de actuación frente a los daños que pudieran
ocurrirles a los vehículos en el interior del estacionamiento.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12727/11549
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Siguas Rivas, Miguel Julian; Zavalaga Ortiz, Carmen Elena; Liendo Miranda, Claudia Elisa
Fecha de registro: 10-abr-2023
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