Citas bibligráficas
Fernández, G., (2023). Contravención del principio de mínima intervención del derecho penal en relación con la posesión mínima de dos o más tipos de drogas [Universidad Andina del Cusco]. https://hdl.handle.net/20.500.12557/6561
Fernández, G., Contravención del principio de mínima intervención del derecho penal en relación con la posesión mínima de dos o más tipos de drogas []. PE: Universidad Andina del Cusco; 2023. https://hdl.handle.net/20.500.12557/6561
@misc{sunedu/3694132,
title = "Contravención del principio de mínima intervención del derecho penal en relación con la posesión mínima de dos o más tipos de drogas",
author = "Fernández Ríos, Giancarlo Jesús",
publisher = "Universidad Andina del Cusco",
year = "2023"
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El objetivo principal de esta investigación fue determinar de qué manera la regulación del segundo párrafo del artículo 299 del Código Penal Peruano, que considera punible la posesión mínima de dos o más tipos de droga para consumo personal inmediato, contraviene el principio de mínima intervención del Derecho Penal. La hipótesis general formulada fue: La regulación del segundo párrafo del artículo 299 del Código Penal peruano que considera punible la posesión mínima de dos o más tipos de droga para consumo personal e inmediato, contraviene el principio de mínima intervención del Derecho Penal, al no tener en cuenta los derechos y libertades individuales, restringir excesiva o innecesariamente la vida de las personas, no centrarse en la protección de bienes jurídicos fundamentales y regular conductas que no representan una amenaza significativa para la sociedad. La investigación empleó un enfoque cualitativo de tipo analítico dogmático. Los métodos de recogida de datos incluyeron el análisis de textos especializados, artículos científicos, material de investigación y entrevistas. Las hipótesis fueron validadas, y la conclusión principal apoya la hipótesis general de que debería existir una sanción penal para la posesión de dos o más cantidades de drogas para fines distintos del consumo personal inmediato. Esto garantizaría la importancia del derecho penal mínimo. La principal sugerencia es modificar el artículo 299 del Código Penal para considerar que no es punible poseer una o más drogas para consumo personal inmediato. El segundo párrafo mantiene la eximición de la despenalización por poseer dos o más drogas para fines distintos del consumo directo.
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