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Título: Efectos Jurídicos Patrimoniales de la Disolución del Vínculo Matrimonial con Hijos Menores de Edad, en las Sentencias del Primer Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Puno, Enero a Diciembre 2012
Fecha de publicación: 11-ago-2017
Institución: Universidad Católica de Santa María
Resumen: El presente trabajo de investigación titulado “Efectos jurídicos patrimoniales de la disolución del vínculo matrimonial con hijos menores de edad, en las sentencias del Primer Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Puno, Enero a Diciembre 2012” comprende el estudio de un problema de estructural que se presenta en los diferentes estratos sociales en el cual resulta, la falta de una adecuada regularización legislativa y mejor tratamiento a las relaciones del matrimonio ya que es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de este Código civil , a fin de hacer vida común en donde el marido y la mujer tienen en el hogar autoridad, consideraciones, derechos, deberes y responsabilidades iguales, a la vez ambos están obligados a proveer al sostenimiento, protección, educación y formación de sus hijos menores según su situación y posibilidades. Sin embargo, existen diversas razones por las cuales una pareja unida en matrimonio decide dar por concluida dicha unión, en donde el matrimonio se disuelve. Es importante saber la situación en la cual van a quedar los hijos menores de edad, relativas a la tenencia, pensión alimenticia que se les suministrará y el derecho de visitas a los menores, para el cónyuge que no vaya a quedar bajo su responsabilidad la tenencia de los mismos. La tenencia es el ejercicio activo de la patria potestad. Por visitas uno entiende que es verlos periódicamente, pero no se limita a ello la facultad del progenitor. No sólo es verlos, es controlar la educación, la salud, las vacaciones, mantener una comunicación fluida con sus hijos y controlar, incluso, la relación entre los hijos y la madre cuando hay una situación crítica. Una de las partes en que posee mayor generación de recursos económicos está obligado a pasarle alimentos a la parte menos favorecida, es decir, esta obligación no es automática, ya que depende de que el hijo menor o bien la esposa desfavorecida reclame los alimentos. Sin embargo, en la práctica de la vida doméstica familiar, no se llega a concretizar debido a una serie de vacíos legales, donde los conyugues, uno de ellos falta su responsabilidad tal como se habría mencionado con anterioridad, pues los efectos patrimoniales gira en entorno a los alimentos, la tenencia de los hijos, las visitas, siempre en cuando se lleven a cabo con un acuerdo extra o judicialmente, ya que cada Juez tiene un criterio de dar su dictamen, primeramente, por derecho inherente de proteger al niño y la esposa si fuese necesario, de acuerdo a la función de sus ingresos económicos, por otro lado, la tenencia del hijo (a) está bajo el criterio que uno de ellos tiene las condiciones adecuadas de brindarle la seguridad psicológica, material, puesto que debido a que muchas de las parejas, al rehacer su vida conyugal, prefieren transferir sus responsabilidades a familiares cercanos, en otros casos, no tienen los suficientes ingresos económicos, a esto se suma, que uno de los conyugues puede tener una conducta negativa. En concreto, el efecto patrimonial en el caso de los hijos menores, solo está limitado al reclamo de los alimentos, para todo tipo de sostenimiento, pese a ello existen casos que muchos de los padres se muestran irresponsables, por lo que ha sido necesario reglamentar con penas duras, como el encarcelamiento del padre en especial, por la falta de suministrar los alimentos. El objetivo de nuestra investigación es determinar los Efectos jurídicos patrimoniales de la disolución del vínculo matrimonial con hijos menores de edad, en las sentencias del Primer Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, enero a diciembre 2012. Nuestra hipótesis fue comprobar que solo los efectos patrimoniales en la disolución de hijos menores de edad solo están limitados en los alimentos mas no en el patrimonio conyugal que solo es disposición de los padres. Respecto a la metodología que se había establecido en el contraste de la información a través de la bibliografía y al mismo tiempo el dictamen de las sentencias emitidas por parte de los Juzgados de Familia, en que cada juez toma un criterio adecuado. Palabras claves: Efectos jurídicos patrimoniales, vínculo matrimonial, familia.
Disciplina académico-profesional: Maestria en Derecho Civil
Institución que otorga el grado o título: Universidad Católica de Santa María.Escuela de Postgrado
Grado o título: Maestro en Derecho Civil
Fecha de registro: 11-ago-2017



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