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Título: NECESIDAD DE MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 183 DEL CÓDIGO PENAL PARA LA EFICIENTE REGULACIÓN DEL TIPO PENAL FRENTE AL DELITO DE EXHIBICIONES Y PUBLICACIONES OBSCENAS EN EL PERÚ.
Asesor(es): Cruz Vegas, Guillermo Alexander
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2021
Institución: Universidad Privada de Trujillo
Resumen: Mi investigación que lleva de título “Necesidad de modificación del artículo 183 del código penal para la eficiente regulación del tipo penal frente al delito de exhibiciones y publicaciones obscenas en el Perú”, se ha hecho en función de lo que señala el artículo 183 y a lo que apunta es hacer un análisis del tipo penal regulado ahí, para ello se formuló como enunciado del problema el siguiente: “¿Por qué se debe modificar el artículo 183 del código penal que regula el tipo penal de exhibiciones y publicaciones obscenas?, ante ello se hizo al análisis del material de estudio, doctrina, jurisprudencia, asimismo se elaboró encuestas que fueron hechas a especialistas en la materia, y mediante los métodos hermenéutico, y las técnicas como la encuesta y el análisis de resultados se llegó a comprobar la hipótesis, esto es: Se debe modificar el artículo 183 del código penal que regula el tipo penal de exhibiciones y publicaciones obscenas, porque el sujeto pasivo debe ser menor de catorce años, edad a la que aún no tiene libertad sexual sino que se protege la indemnidad sexual.

Mi investigación que lleva de título “Necesidad de modificación del artículo 183 del código penal para la eficiente regulación del tipo penal frente al delito de exhibiciones y publicaciones obscenas en el Perú”, se ha hecho en función de lo que señala el artículo 183 y a lo que apunta es hacer un análisis del tipo penal regulado ahí, para ello se formuló como enunciado del problema el siguiente: “¿Por qué se debe modificar el artículo 183 del código penal que regula el tipo penal de exhibiciones y publicaciones obscenas?, ante ello se hizo al análisis del material de estudio, doctrina, jurisprudencia, asimismo se elaboró encuestas que fueron hechas a especialistas en la materia, y mediante los métodos hermenéutico, y las técnicas como la encuesta y el análisis de resultados se llegó a comprobar la hipótesis, esto es: Se debe modificar el artículo 183 del código penal que regula el tipo penal de exhibiciones y publicaciones obscenas, porque el sujeto pasivo debe ser menor de catorce años, edad a la que aún no tiene libertad sexual sino que se protege la indemnidad sexual.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Privada de Trujillo. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 3-ago-2021

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