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Cruz Vegas, Guillermo Alexander
CARRANZA LOYOLA, GIULIANA JHOSSIBEL
2021-08-03T16:26:31Z
2021-08-03T16:26:31Z
2021
http://repositorio.uprit.edu.pe/handle/UPRIT/528
Este trabajo se ha enfocado en función a establecer si es que la política criminal represiva en los últimos años en el delito de Violación Sexual con el aumento desmedido de las penas es efectivo y eficaz para la lucha contra este delito en Trujillo. Para ello hemos tomado en cuenta como enunciado del problema, el siguiente: ¿A mayor populismo punitivo, es menor la comisión del delito de violación sexual?. Distrito judicial de Trujillo - año 2018, en ese sentido formulamos como objetivo general determinar que, a mayor populismo punitivo, menor comisión del delito de violación sexual, producto de ello señalamos la siguiente hipótesis: A mayor populismo punitivo, no es menor la comisión del delito de violación sexual. Luego de utilizar el método análisis de contenido, con el cual pudimos observar el populismo punitivo en las distintas modificatorias del artículo 170° del Código Penal desde la vigencia del Código Penal de 1991, hasta la fecha, llegamos a demostrar que nuestra hipótesis si es válida y llegamos a concluir que debemos entender que a mayor aumento de las penas no se reduce la comisión del delito de Violación Sexual y se ha demostrado mediante el presente trabajo de investigación, que el populismo punitivo no es política criminal y que más aún no reduce la comisión del delito de violación sexual, el cual se encuentra tipificado en el Artículo 170° del Código Penal. (es_PE)
Este trabajo se ha enfocado en función a establecer si es que la política criminal represiva en los últimos años en el delito de Violación Sexual con el aumento desmedido de las penas es efectivo y eficaz para la lucha contra este delito en Trujillo. Para ello hemos tomado en cuenta como enunciado del problema, el siguiente: ¿A mayor populismo punitivo, es menor la comisión del delito de violación sexual?. Distrito judicial de Trujillo - año 2018, en ese sentido formulamos como objetivo general determinar que, a mayor populismo punitivo, menor comisión del delito de violación sexual, producto de ello señalamos la siguiente hipótesis: A mayor populismo punitivo, no es menor la comisión del delito de violación sexual. Luego de utilizar el método análisis de contenido, con el cual pudimos observar el populismo punitivo en las distintas modificatorias del artículo 170° del Código Penal desde la vigencia del Código Penal de 1991, hasta la fecha, llegamos a demostrar que nuestra hipótesis si es válida y llegamos a concluir que debemos entender que a mayor aumento de las penas no se reduce la comisión del delito de Violación Sexual y se ha demostrado mediante el presente trabajo de investigación, que el populismo punitivo no es política criminal y que más aún no reduce la comisión del delito de violación sexual, el cual se encuentra tipificado en el Artículo 170° del Código Penal. (es_PE)
Tesis (es_PE)
spa (es_PE)
Universidad Privada de Trujillo (es_PE)
info:eu-repo/semantics/openAccess (es_PE)
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/ (es_PE)
Universidad Privada de Trujillo (es_PE)
Repositorio Institucional - UPRIT (es_PE)
Populismo Punitivo - Violación sexual – Derecho penal – Política Criminal. (es_PE)
EL POPULISMO PUNITIVO EN EL DELITO DE VIOLACIÓN SEXUAL (ARTÍCULO 170° DEL CÓDIGO PENAL PERUANO). DISTRITO JUDICIAL DE TRUJILLO – AÑO 2018. (es_PE)
info:eu-repo/semantics/bachelorThesis (es_PE)
Universidad Privada de Trujillo. Facultad de Derecho (es_PE)
Derecho (es_PE)
Abogado (es_PE)
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 (es_PE)
https://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesional
421016
https://purl.org/pe-repo/renati/type#tesis
Privada asociativa

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