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Quevedo, M., (2023). ¿Los influencers deben ser responsables por infracciones al principio de autenticidad? [Pontificia Universidad Católica del Perú]. http://hdl.handle.net/20.500.12404/24568
Quevedo, M., ¿Los influencers deben ser responsables por infracciones al principio de autenticidad? []. PE: Pontificia Universidad Católica del Perú; 2023. http://hdl.handle.net/20.500.12404/24568
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Título: ¿Los influencers deben ser responsables por infracciones al principio de autenticidad?
Autor(es): Quevedo Yparraguirre, Mayra Alessandra
Asesor(es): Sosa Huapaya, Alex Ever
Palabras clave: Publicidad--Redes sociales--Perú; Publicidad--Aspectos legales--Perú; Procedimiento administrativo--Jurisprudencia--Perú
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 29-mar-2023
Institución: Pontificia Universidad Católica del Perú
Resumen: When making an exhaustive analysis of the Advertising Guide for Influencers,
published in 2019 by Indecopi, we found that there are deficiencies when
assigning responsibilities to them. In fact, the Advertising Guide for Influencers
expressly establishes that they will be responsible for breaching the provisions of
both dissemination regulations (principle of legality) and for breaching the
principle of authenticity, regulated by the Law on Suppression of unfair
competition.
Notwithstanding the foregoing, the author considers that Influencers will be
responsible for violating the principle of authenticity only if they act as advertisers,
by not specifying that it is advertising or by carrying out advertising in which the
consumer cannot notice that what is advertised and/or suggested that it is actually
advertising. Therefore, if you act as a media or advertising agency, you will not
be responsible for violating the principle of authenticity, but the defense of
responsibility will be made outside the law, as appropriate.
Al hacer un análisis exhaustivo a la Guía de Publicidad para Influencers, publicada en el año 2019 por el Indecopi, encontramos que existen deficiencias al asignarle responsabilidades a los mismos. En efecto, en la Guía de Publicidad para Influencers se establece expresamente que, estos van a ser responsables por el incumplimiento de lo establecido tanto en normas de difusión (principio de legalidad) como por la vulneración al principio de autenticidad, regulados en la Ley de Represión de competencia Desleal. No obstante lo anteriormente expuesto, la autora considera que, los Influencers serán responsables por vulnerar el principio de autenticidad solo si actúan como anunciantes, al no especificar que se trata de publicidad o al realizar publicidad en la que el consumidor no pueda advertir que lo publicitado y/o sugerido se trate efectivamente de publicidad. Por consiguiente, si actúan como medio de comunicación o agencia de publicidad no serán responsables por vulnerar el principio de autenticidad, sino la asignación de responsabilidad se hará al margen de la ley, según corresponda.
Al hacer un análisis exhaustivo a la Guía de Publicidad para Influencers, publicada en el año 2019 por el Indecopi, encontramos que existen deficiencias al asignarle responsabilidades a los mismos. En efecto, en la Guía de Publicidad para Influencers se establece expresamente que, estos van a ser responsables por el incumplimiento de lo establecido tanto en normas de difusión (principio de legalidad) como por la vulneración al principio de autenticidad, regulados en la Ley de Represión de competencia Desleal. No obstante lo anteriormente expuesto, la autora considera que, los Influencers serán responsables por vulnerar el principio de autenticidad solo si actúan como anunciantes, al no especificar que se trata de publicidad o al realizar publicidad en la que el consumidor no pueda advertir que lo publicitado y/o sugerido se trate efectivamente de publicidad. Por consiguiente, si actúan como medio de comunicación o agencia de publicidad no serán responsables por vulnerar el principio de autenticidad, sino la asignación de responsabilidad se hará al margen de la ley, según corresponda.
Enlace al repositorio: http://hdl.handle.net/20.500.12404/24568
Disciplina académico-profesional: Derecho de Protección al Consumidor
Institución que otorga el grado o título: Pontificia Universidad Católica del Perú. Facultad de Derecho
Grado o título: Segunda Especialidad en Derecho de Protección al Consumidor
Fecha de registro: 29-mar-2023; 29-mar-2023
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