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Linares Castro, Mayda
Canahuire Simangas, Rosa Yandali
2021-05-27T21:37:50Z
2021-05-27T21:37:50Z
2021
http://hdl.handle.net/20.500.14179/372 (es_ES)
De acuerdo al artículo 237° del Código Civil, el matrimonio produce parentesco por afinidad entre cada uno de los cónyuges con los parientes consanguíneos del otro; hallándose en igual línea y grado de parentesco por afinidad que el otro cónyuge por consanguinidad; pero ¿qué sucede en las uniones de hecho propias reguladas y protegidas también por la Constitución Política y el mismo Código Civil?, ¿se genera o se debe generar allí también parentesco por afinidad? Mediante esta investigación se analizó la institución del parentesco, específicamente del parentesco por afinidad, su finalidad y su relación con el concepto de familia desde el marco constitucional, para determinar su alcance a las uniones de hecho. En ese sentido, se analiza la afinidad como causal de parentesco, la convivencia y su relación con la Teoría de los Impedimentos, la protección a las uniones de hecho como fuentes generadoras de familia; para finalmente evaluar la extensión de la afinidad a estas uniones. A la unión de hecho, entendida como aquella unión voluntaria entre un varón y una mujer, libres de impedimentos matrimoniales, que se realiza con la finalidad de cumplir deberes semejantes a los del matrimonio y que requiere que haya durado por lo menos dos años continuos, para que dé lugar a una sociedad de bienes, régimen patrimonial propio y único de esta unión y que se sujeta al régimen de gananciales en cuanto le sea aplicable, se le han venido reconociendo en los últimos años, una serie de efectos personales y patrimoniales, entre ellos el acceso al derecho a la pensión ante la muerte del conviviente, la posibilidad de adoptar y más recientemente, se le ha otorgado la posibilidad de acceder a derechos sucesorios, situación a la que pueden acceder los convivientes siempre y cuando dicha unión se encuentre vigente, generándose como se verá a continuación, que los artículos 725, 727, 730, 731, 822 a 825 del Código Civil, se apliquen al conviviente supérstite en idéntica forma, que si se tratará del caso de unos cónyuges. (es_ES)
Tesis (es_ES)
application/pdf (es_ES)
spa (es_ES)
Universidad Autónoma San Francisco (es_ES)
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http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/ (es_ES)
Universidad Autónoma San Francisco (es_ES)
Repositorio institucional - UASF (es_ES)
Unión (es_ES)
Parentesco (es_ES)
Afinidad (es_ES)
Vínculo (es_ES)
Reconocimiento de la unión de hecho de personas con parentesco de afinidad después de la terminación del vínculo matrimonial con la ex pareja Arequipa 2019 (es_ES)
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Universidad Autónoma San Francisco: Facultad de Derecho y Ciencias Políticas (es_ES)
Derecho (es_ES)
Título Profesional (es_ES)
Abogado (es_ES)
PE (es_ES)
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Derecho: Modalidad presencial (degree)
https://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesional (es_ES)
40220827 (es_ES)
https://orcid.org/0000-0002-5512-476X (es_ES)
72233336 (es_ES)
421018 (es_ES)
Justo Pacheco, José Mario (es_ES)
Delgado Flores, Grover Angel (es_ES)
Salazar Cabrera, Gilbert Rony (es_ES)
https://purl.org/pe-repo/renati/type#tesis (es_ES)
Privada societaria



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