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Título: La prisión preventiva y su relación con el derecho de presunción de inocencia Distrito Judicial de Ayacucho 2021-2022
Asesor(es): Castro Eguavil, Jose Carlos
Campo OCDE: http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Fecha de publicación: 4-jul-2022
Institución: Universidad Peruana de Las Américas
Resumen: El 29/07/2004 mediante Decreto Legislativo N° 957 se promulgo el Nuevo Código Procesal Penal, que en su Título III se incluyó a la prisión preventiva como institución procesal, la misma que se encuentra en la Sección III denominada Medidas de Coerción Procesal de la norma antes indicada. El artículo 268° del decreto en mención, establece tres presupuestos materiales, que deben reunir para la aplicación de esta medida de coerción. A lo plasmado, comprendemos que el presente trabajo se encuentra establecida en la Constitución del 1993, elude enjuiciamientos incriminatorios prematuros contra un acusado, precisándose que, mediante sentencia firme, motivada y teniendo en cuenta las pruebas en general que fueron proporcionados por los individuos procesales que en su debida oportunidad ha sido agregadas en el litigio procesal, se determina la culpabilidad o inocencia de una persona. Es por ello, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en el caso Suárez Rosero Vs. República del Ecuador) se puede indicar que el principio de inocencia que exige al Estado a demostrar la responsabilidad del acusado, sujetándose a las garantías procesales, de conformidad a las leyes internacionales, el sujeto debe ser considerado inocente hasta que se compruebe lo contrario. El tema tratado, encuentra encaminado a establecer la correspondencia entre prisión preventiva y la presunción de inocencia. También, fijar, carácter legal del citado trabajo; así como el trámite que se emplea en el Distrito Judicial del Ayacucho 2021-2022; y la opinión de los abogados de la defensa publica relacionado con la presunción de inocencia.

On 07/29/2004, through Legislative Decree No. 957, the New Criminal Procedure Code was promulgated, which in its Title III included preventive detention as a procedural institution, the same as found in Section III called Procedural Coercion Measures of the aforementioned standard. Article 268 of the decree in question, establishes three material budgets, which must be met for the application of this measure of coercion. As reflected, we understand that the present work is established in the 1993 Constitution, avoids premature incriminating prosecutions against a defendant, specifying that, by means of a final, motivated sentence and taking into account the evidence in general that was provided by the procedural individuals who in due course have been added to the procedural litigation, the guilt or innocence of a person is determined. For this reason, the Inter-American Court of Human Rights (in the case of Suárez Rosero v. Republic of Ecuador) understands that the principle of innocence requires the State to demonstrate the responsibility of the accused, subject to procedural guarantees, in accordance with international law, the subject must be considered innocent until proven otherwise. The topic discussed is aimed at establishing the correspondence between preventive detention and the presumption of innocence. Also, establish the legal nature of the aforementioned work; as well as the procedure used in the Judicial District of Ayacucho 2021-2022; and the opinion of the public defense attorneys related to the presumption of innocence.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Peruana de Las Américas. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Castro Eguavil, Jose Carlos; Pantigozo Loaiza, Marco Hernan; Serna Santos, Yacky
Fecha de registro: 5-jul-2022; 5-jul-2022



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