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Título: Informe Jurídico de Expediente Laboral N° 00502-2013-0-0401-JR-LA-02
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2022
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: En el presente Informe Jurídico se analiza el proceso laboral seguido por el señor A.S.S. contra I.T S.A. y la C. T. F. E. L. LTDA., a efectos de que se declare la desnaturalización de los contratos celebrados mediante intermediación laboral por haber infringido los supuestos contenidos en la Ley N° 27626, y se declare la desnaturalización de contratos de exportación no tradicional por no haber cumplido con los requisitos previstos en el Art. 32° del Decreto Ley N° 22342. De manera que los jueces laborales, analizan si el servicio de Operario de Hilandería prestado por el demandante en I.T S.A., desde el 07/01/2002 al 26/05/2002, se encontraba desnaturalizado al haber prestado una actividad relacionada con el objeto principal de la empresa usuaria. Respecto a los contratos modales regulados bajo los alcances del Decreto Ley, se analiza si los contratos y prorrogas celebrados con I.T S.A. desde el 27/05/2002 han cumplido o no con los requisitos estipulados en el Art. 32° del Decreto Ley N° 22342. Por lo que, de comprobarse que han sido celebrados mediante simulación o fraude, conforme al Art. 77° del Decreto Legislativo N° 728, dichos contratos se habrían desnaturalizados convirtiendo la relación del demandante en una a plazo indeterminado. Al respeto el juzgado luego de analizar los hechos expuestos por las partes declara improcedente la pretensión de desnaturalización de la intermediación laboral frente a la Cooperativa, respecto a la pretensión de desnaturalización de los contratos de exportación no tradicional la declara infunda en la medida que dichos contratos si habrían cumplido con los requisitos de la norma especial. Resolución que fue apelada por el demandante, siendo elevada a la Sala Superior, la cual luego de revisar los hechos presentados por las partes, confirmaron su improcedencia en dicho extremo, y reformándola la declararon fundada respecto a la desnaturalización de los contratos de exportación no tradicional celebradas desde 01/07/2002, por no haber cumplido con todos los requisitos del Art. 32° del Decreto Ley. I.T S.A. no estando conforme presentó Recurso de Casación, el mismo que fue declarado infundado por la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Jiménez Silva, Carlos Humberto; Anglés Yanqui, Gerard Henry; Jorge Rojas, Gustavo Antenor Paulo
Fecha de registro: 12-oct-2022; 12-oct-2022



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