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Mallqui, C., (2022). Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 1812-2018/PS3 [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/10423
Mallqui, C., Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 1812-2018/PS3 []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2022. https://hdl.handle.net/20.500.12727/10423
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Título: Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 1812-2018/PS3
Autor(es): Mallqui Escalante, Camila Alexandra
Palabras clave: Protección al consumidor; Proceso administrativo; Denuncia
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2022
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: El presente informe jurídico tiene como objetivo analizar el procedimiento
administrativo sancionador iniciado en consecuencia de la denuncia presentada
por el señor J.B.M.M. contra la empresa Central Parking System Perú S.A., por
presuntas infracciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor – Ley
N° 29571.
La referida denuncia fue admitida a trámite por el Órgano Resolutivo de
Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 3 instancia que
dio inicio al procedimiento contra Central Parking System S.A. por (i) presunta
infracción del artículo 19° de la Ley N° 29571, en tanto la empresa denunciada
no habría brindado un servicio de estacionamiento vehicular idóneo el 29 de
setiembre de 2018, al no actuar de manera diligente entre los usuarios, puesto
que el vehículo del denunciante recibió el impacto de un tercero; y, además, por
presunta infracción del artículo 24° de la Ley N° 29571, en tanto Central Parking
System S.A. no habría brindado atención a la Hoja de Reclamación N° 000305
registrada el 13 de octubre del mismo año, donde dejó constancia sobre el
incidente objeto de controversia.
Ante ello, el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos N° 3 resolvió
archivar el primer extremo imputado referido al deber de idoneidad, y declaró
fundando el segundo extremo relacionado a la falta de atención del reclamo
presentado por el denunciante. La autoridad en primera instancia sancionó a
Central Parking System S.A. con una multa de una (1) Unidad Impositiva
Tributaria, y ordenó en calidad de medida correctiva brindar atención del reclamo
presentado por el denunciante.
Al no encontrarse de acuerdo con la resolución en primera instancia, Central
Parking System S.A. presentó su recurso de apelación. La Comisión de
Protección al Consumidor N° 2 -en segunda instancia- realizó una nueva
valoración de medios probatorios y ordenó revocar el pronunciamiento emitido
por el órgano resolutivo respecto del extremo que declaraba responsable
administrativamente a la empresa denunciada. La Comisión declaró
improcedente la denuncia por falta de interés para obrar y a su vez dejó sin efecto
la sanción pecuniaria impuesta.
El expediente objeto de análisis abarca aspectos jurídicos relevantes tales como
el deber de idoneidad que debe cumplir un proveedor en materia de consumo, la
delimitación de responsabilidad administrativa de este, la diligencia mínima del
consumidor ante la relación de consumo, entre otros; tal como se desarrollará a
lo largo de este informe.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12727/10423
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Hernández Chávez, Pedro Alfredo; Liendo Miranda, Claudia Elisa; García Huaroto, Jorge Patrick
Fecha de registro: 2-ago-2022; 2-ago-2022
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