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Título: Informe de Expediente Civil No: 04689-2011-0-0401-JR-FC-01 Sobre: Impugnación de Paternidad. Informe de Expediente Laboral 00199-2011-0-1601-SP-LA-01 Sobre: Reposición
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Fecha de publicación: 2021
Institución: Universidad de Lima
Resumen: Materia: Impugnación de Paternidad Nº de Expediente: 04689-2011-0-0401-JR-FC-01. En el expediente materia de estudio, se tiene como pretensión la impugnación de paternidad; en ese sentido es que el demandante solicita se le declare como el padre de la menor F. K. M. S., ya que ésta es su hija biológica por lo que solicita se ordene la Nulidad de Partida de Nacimiento de la Municipalidad Provincial de Arequipa. Accesoriamente solicita se disponga la filiación extramatrimonial de la menor con él. En ese contexto, El Juzgado de familia Transitorio de Arequipa, con fecha primero de abril de 2015, emitió sentencia en la cual falló declarando FUNDADA la demanda de Impugnación de Paternidad interpuesta. Al ser impugnada, la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, el 17 de diciembre de 2015, falló: CONFIRMARON la Sentencia apelada. Sin embargo, el demandado al no encontrase conforme acudió a la Corte Suprema mediante recurso de casación, el mismo que fue resuelto por Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, quien declaró FUNDADO el recurso de casación interpuesto por el demandado; en consecuencia CASARON la sentencia de vista y; actuando en sede de instancia REVOCARON la sentencia apelada de fecha uno de abril de dos mil quince, que declaró fundada la demanda; reformándola, la declararon INFUNDADA. Materia: Reposición Nº de Expediente: 00199-2011-0-1601-SP-LA-01. El presente proceso, se dilucidó si el demandante debía ser repuesto por la demandada a su Centro de Trabajo como Apoyo Técnico en el Área de Informática (mantenimiento y reparación de computadoras y otras maquinarias), toda vez que se habría producido un despido incausado. Por su parte, la demandada señaló que el despido no fue incausado y se produjo por la finalización de los contratos CAS. El Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Ascope, declaró IMPROCEDENTE la demanda interpuesta; por su parte, la Primera Sala Especializada Laboral de la Corte Superior de Justicia de la Libertad, REVOCÓ la sentencia apelada y REFORMÁNDOLA declararon fundada la demanda; en consecuencia, ordenaron que la demandada reincorpore al demandante en su puesto de trabajo u otro análogo; Ordenaron el pago de costos procesales en ejecución de sentencia. Al ser impugnada, la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia, declaró INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la demandada; en consecuencia, NO CASARON la sentencia de vista en los seguidos por don Alfredo Cueva Vásquez contra la Municipalidad Distrital de Casa Grande sobre reposición.
Nota: No se incluye el texto completo del documento en concordancia con la Directiva N° 004-2016-CONCYTEC-DEGC que regula el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto, así como la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de Lima. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Tsuboyama Shiohama, Liliana; Atoche Fernandez, Paola; Maquilón Acevedo, Elizabeth
Fecha de registro: 13-jul-2022; 13-jul-2022



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