Citas bibligráficas
García, C., (2019). Expediente Constitucional N° 00236-2013-0-1903-JR-CI-02; acción de amparo [Tesis, Universidad Nacional de la Amazonía Peruana]. http://repositorio.unapiquitos.edu.pe/handle/20.500.12737/5669
García, C., Expediente Constitucional N° 00236-2013-0-1903-JR-CI-02; acción de amparo [Tesis]. : Universidad Nacional de la Amazonía Peruana; 2019. http://repositorio.unapiquitos.edu.pe/handle/20.500.12737/5669
@misc{sunedu/3116908,
title = "Expediente Constitucional N° 00236-2013-0-1903-JR-CI-02; acción de amparo",
author = "García Tafur, Cristian Gustavo",
publisher = "Universidad Nacional de la Amazonía Peruana",
year = "2019"
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El presente informe es un resumen y análisis de un proceso constitucional de Amparo interpuesta contra la Oficina de Normalización Previsional (ONP), en la cual el demandante solicita que se le reconozca su derecho a percibir una pensión de jubilación que le fue negada por dicha institución. El demandante optó por esta vía judicial por considerar que atentaron contra su derecho constitucional de percibir una pensión de jubilación, presentando en su demanda medios probatorios a fin de demostrar que cumplió con todos los requisitos de ley para que le otorguen dicha pensión. La demandada por su parte niega y contradice los argumentos del demandante, cuestionando la idoneidad de sus medios probatorios. El proceso se desarrolla en tres instancias que son: el juzgado civil, que declara fundada la demanda, la sala civil que revoca dicha sentencia y finalmente el proceso finaliza en última instancia en el tribunal constitucional, quien decide declarar improcedente la demanda. En este expediente podemos analizar los actos procesales de un proceso de amparo y las motivaciones de las sentencias emitidas, así como los argumentos de defensa de las partes, tomando como referencia principal la constitución y las sentencias del tribunal constitucional como precedentes vinculantes. Finalmente analizaremos la sentencia del tribunal constitucional sobre esta demanda y cuáles fueron las motivaciones de su fallo, teniendo en cuenta que es el máximo ente protector e intérprete de la constitución.(Int)
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