Bibliographic citations
Goicochea, L., (2018). Derechos fundamentales que se vulneran con la incorporación de la presunción de flagrancia como supuesto de detención policial [Tesis, Universidad Privada del Norte]. https://hdl.handle.net/11537/13690
Goicochea, L., Derechos fundamentales que se vulneran con la incorporación de la presunción de flagrancia como supuesto de detención policial [Tesis]. PE: Universidad Privada del Norte; 2018. https://hdl.handle.net/11537/13690
@misc{sunedu/3005416,
title = "Derechos fundamentales que se vulneran con la incorporación de la presunción de flagrancia como supuesto de detención policial",
author = "Goicochea Rodríguez, Leydi Vanessa",
publisher = "Universidad Privada del Norte",
year = "2018"
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RESUMEN La institución de la flagrancia delictiva, constituye una de las formas en las que se puede privar legalmente a una persona de su derecho a la libertad. Es así, que su gran importancia radica en que ésta se encuentra ligada estrechamente a derechos fundamentales, los cuales deben ser plenamente protegidos por un Estado Constitucional de Derecho. Debido a la concomitancia con derechos fundamentales es que la figura es objeto de discusión por parte de los doctrinarios y a lo largo de su vigencia ha sufrido distintas modificaciones normativas, en las cuales principalmente se discutía si realizar o no una interpretación extensiva de la figura y con ello ampliar los supuestos de detención policial. Es así, que en la legislación actual a la figura de la flagrancia se han incorporado nuevos elementos que facultan la detención del agente policial por ejemplo en casos de identificación por medio audiovisual, sindicación por testigo, hallazgo de huellas o instrumentos del delito e incluso la facultad de detener hasta por un lapso de 24 horas después de cometido el hecho punible. Donde algunos elementos no respetan lo resuelto por el Tribunal Constitucional, que en reiterada jurisprudencia ha determinado que para la correcta configuración de la flagrancia delictiva deben concurrir ineludiblemente los elementos de inmediatez temporal e inmediatez personal, los cuales brindan constancia sensorial del hecho y con ello prueba irrefutable de la autoría del agente infractor. Es por ello que, el objetivo de la presente investigación es determinar cuáles son los derechos fundamentales que se vulneran a raíz de la interpretación extensiva de la flagrancia en la ley vigente. En ese orden de ideas, la presente tesis tiene como puntos de referencia identificar cuáles son los componentes que no guardan relación con los elementos sustanciales de la figura, identificándolos en parte del inciso tercero y totalidad del inciso cuarto del artículo 259° del Código Procesal Penal, pues son considerados como una flagrancia ficta o presunción de flagrancia, en razón de que no guardan relación con la naturaleza jurídica y únicamente generan su desnaturalización, lo que conlleva a una detención arbitraria que vulnera derechos fundamentales. Por lo que, consideramos se debe asumir una interpretación restrictiva, en la que se respete los elementos fundamentales que configuran la esencia de la figura. Sin embargo, como excepción a la desnaturalización hemos considerado la pertinencia de la inclusión de identificación por medio audiovisual, en razón de que aun cuando el infractor ha logrado desvincularse de la escena delictiva, existe el registro fílmico que brinda constancia sensorial del hecho de manera indirecta pero fiable, constituyéndose así en una suerte de flexibilización de la figura que va acorde al dinamismo del derecho y acoplamiento a las nuevas herramientas tecnológicas; pero sin dejar la posibilidad abierta a situaciones atentatorias de vulneración de derechos. Con lo que se pretende determinar cuál es la interpretación adecuada de la flagrancia y en consecuencia evitar la contradicción con el Tribunal Constitucional, que únicamente genera desorden en nuestro ordenamiento jurídico y consecuentemente impedir se continúe incurriendo en detenciones arbitrarias.
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