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Título: Informe Jurídico de Expediente Civil N° 430-2016
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2021
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: En el presente informe jurídico se analiza el proceso civil de divorcio por causales de violencia física y psicológica y otras causales que se podrán apreciar en el desarrollo de este informe. La demanda fue presentada en la Sede de Mariano Melgar de la Corte Superior de Arequipa, en donde el demandante invocando las causales de violencia física y psicológica; atentado contra la vida del cónyuge; injuria grave que hace insoportable la vida en común; conducta deshonrosa que hace insoportable la vida en común; imposibilidad de hacer vida en común y como pretensiones accesorias solicitó la patria potestad, variación de tenencia, alimentos y régimen de visitas a favor de sus menores hijos, fenecimiento de la sociedad de gananciales; el cese de la obligación de alimentos entre conyugues y los demás efectos jurídicos de la disolución del vínculo matrimonial. El Primer Juzgado de Familia de Sede Mariano Melgar admitió a trámite la demanda en vía de conocimiento y procedió a correr traslado a la parte demandada y al representante del Ministerio Publico por termino de ley, por su parte el representante del Ministerio Público solicitó se desestime la presentación de disolver el vínculo matrimonial o en su defecto se proteja al conyugue perjudicado; mientras que la demandada niega todos los hechos citados en la demanda en relación con el divorcio y se precisa sobre los bienes que conforman la sociedad de gananciales y los asuntos que atañen a los menores, sin embargo, durante el proceso de divorcio la demandada tuvo la calidad de Rebelde. Con posterioridad se declaró una relación jurídica valida, se admitió a trámite todos los medios probatorios presentado por el demandante, se fijaron los puntos controvertidos y se llevó a cabo la audiencia de prueba con la concurrencia de las partes con sus respectivas continuaciones. En primera instancia, el Primer Juzgado de Familia de Sede Mariano Melgar mediante resolución N° 22 resolvió declarar infundada las causales de violencia física y psicológica e imposibilidad para hacer vida en común y declaró improcedente las causales de atentado contra la vida del cónyuge, injuria grave que hace insoportable la vida en común y la conducta deshonrosa que hace insoportable la vida en común, Asimismo, se dispuso la desacumulación del expediente 1211—2016-FC, proceso de variación de tenencia tramitado ante el Segundo Juzgado de Familia. Dicha sentencia fue materia de recurso de apelación por el demandante el mismo que fue concedido con efecto suspensivo. Mediante sentencia de vista, la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Arequipa confirmó la sentencia en los siguientes extremos infundada las causales de violencia física y psicología y de la imposibilidad de hacer vida en común, improcedente las causales de injuria grave que hace insoportable la vida en común y atentado contra la vida del cónyuge; y por último revocó la causal de conducta deshonrosa que hace insoportable la vida en común modificándose a infundada.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Zavalaga Ortiz, Carmen Elena; Liendo Miranda, Claudia Elisa; Romero Arteaga, Michel Alonso
Fecha de registro: 20-oct-2021; 20-oct-2021



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