Buscar en Google Scholar
Título: Medidas de protección en violencia contra la mujer y el grupo familiar en los juzgados de familia de Lima-2017
Asesor(es): Pozo Sosa, Efraín
Campo OCDE: http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Fecha de publicación: 2018
Institución: Universidad César Vallejo
Resumen: La presente investigación tiene como propósito establecer si las medidas de protección son idóneas o no, con el fin de propiciar una protección efectiva a las mujeres e integrantes del grupo familiar que son víctimas de violencia, bajo el marco normativo de la ley N° 30364, por tal razón se entrevista, a los(as) jueces y a los(as) encargados de dar trámite a los procesos de violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar en los juzgados de familia de Lima; es desarrollada mediante el método de estudio fenomenológico, pues este diseño tiene como centro de indagación las experiencias de los participantes, quienes vendrían a ser los jueces y encargados de dar trámite a los referidos procesos. Además, se tiene en consideración, que las medidas de protección se han emitido considerando la propia afirmación del agresor de haber ejercido violencia en sus diversas modalidades, de la incapacidad médico legal descrito en el certificado médico legal, de los protocolos de pericia psicológica, informes psicológicos, así como otros aspectos tales como los resultados de riesgo de la ficha de valoración de riesgo, las visitas sociales, así como tener un trato especial a las víctimas que son personas vulnerables; sin embargo existen situaciones en las que no se pueden dictar medidas correspondientes pues únicamente se cuenta con los hechos denunciados; en razón de que, no obran las evaluaciones practicadas que apoyen a la buena emisión de medidas de protección. Además, es necesario precisar que los institutos de medicina legal no entregan inmediata ni oportunamente los certificados correspondientes, no siendo las medidas actuadas idóneas para proteger a la víctima de violencia familiar. Por otro lado, se considera que las medidas de protección no se pueden dictar inmediatamente en razón del amplio deber procesal de los juzgados de familia y la no incorporación de un personal a partir de la ampliación de su competencia. Entonces, en razón de todo lo expuesto, existe la necesidad de recomendar la implementación de un protocolo que permita la protección inmediata y adecuada de las mujeres e integrantes del grupo familiar que son víctimas de violencia.
Nota: Derecho de Familia; Ate; Escuela de Derecho
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad César Vallejo. Facultad de Derecho y Humanidades
Grado o título: Abogada
Fecha de registro: 23-may-2019; 23-may-2019



Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons Creative Commons