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Título: Competencia territorial e inejecución de actas sobre obligación dineraria en migración pandémica, juzgados de paz Chumbao- Cceñuaran, Andahuaylas, 2020
Asesor(es): Vargas Huamán, Esaú
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2021
Institución: Universidad César Vallejo
Resumen: Los juzgados de paz tienen más de doscientos años de existencia en el Perú, su presencia se encuentra validada por el alto grado de legitimidad con la que cuentan en las comunidades donde se desarrollan. Desde el 2012, con la vigencia de la Ley de Justicia de paz, Ley 29824 y su reglamento, cuentan con un cuerpo jurídico propio que sistematiza su labor, entre lo ordenado se encuentra la competencia territorial, que como garantía del debido proceso, tiene como fin el de ordenar la función jurisdiccional para hacerla más económica y célere y en esencia se encuentra pensada en función de las partes, por lo que, si ninguna causa puede iniciarse ante un juez sin competencia territorial, en las obligaciones dinerarias de ser imposible que el ejecutante, pueda acercarse al juzgado donde se firmó el acuerdo sobre obligación dineraria esta acta caerá en inejecución. Actualmente las partes no pueden ejecutar sus actas en los juzgados donde se firmó el acuerdo, pues la Resolución Administrativa 000127- 2020 no los habilidad para ello. Fenómeno que es materia de esta investigación y que busca dar luces para su posible solución.
Nota: Lima Norte; Escuela de Derecho; Derecho Civil, Familia, Reales, Contratos y Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual y Resolución de Conflictos
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad César Vallejo. Facultad de Derecho y Humanidades
Grado o título: Abogada
Jurado: Guzman, María del Pilar; Romero Bendezú, Hugo Miguel; Vargas Huamán, Esaú
Fecha de registro: 2-jun-2021; 2-jun-2021



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