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Título: Alteración del principio “ne bis in ídem” por una doble sanción frente a las medidas de conducta infringidas en el art. 368 y el art. 122 - B que transgrede la seguridad jurídica
Asesor(es): Cubas Gutierrez, María Del Rosario
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Fecha de publicación: 2024
Institución: Universidad Tecnológica del Perú
Resumen: Actualmente, en nuestro sistema legal, las leyes y regulaciones brindan soluciones a diversos problemas identificados por las autoridades al inc. 6 del art. 122-B del Código Penal (C. P.), a través de la Ley Nº 30819 contenía circunstancias agravantes, pero como el objetivo era proteger a las mujeres víctimas de violencia con medidas de protección, unos meses después por la Ley Nº 30862 se modifica el tercer párrafo del art. 368 que castiga el mismo acto. Ahora, el art. 368 tiene una sanción sobre la actividad del imputado con una orden de interferencia en el desempeño de funciones que permite una pena más amplia que la del art. 122-B; es decir, el art. 368 establece que el incumplimiento de las medidas de protección relacionadas con violencia se castiga con hasta ocho años de prisión, mientras que el art. 122-B establece que el incumplimiento de las medidas de protección relacionadas con la violencia familiar se castiga con una pena de prisión hasta tres años. En este sentido, es preocupante si estos cambios realmente han logrado el objetivo de combatir la violencia doméstica o si, por el contrario, conducirán a más conflictos, como condenas excesivas y castigos dobles, el cual incluye un sistema que no brinda protección legal al acusado.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Tecnológica del Perú. Facultad de Derecho y Ciencias Humanas
Grado o título: Abogada
Jurado: Ala Gordillo, Bruceli Benito; Ricalde Mansilla, José Petronio; Ponce Lopez, Karla Raquel
Fecha de registro: 25-nov-2024



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