Buscar en Google Scholar
Título: Supresión del parricidio como figura delictiva autónoma en el código penal peruano, por ausencia de fundamentos jurídicos que justifiquen su autonomía
Asesor(es): Villalta Urbina, Leonel; Aparicio Aldana, Zhenia Djanira
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2011
Institución: Universidad César Vallejo
Resumen: En el Código Penal Peruano existe el delito de parricidio como una figura jurídica autónoma, que consiste en matar, a sabiendas, al ascendiente o descendiente natural o adoptivo, cónyuge o concubino. Para explicar la existencia del delito parricida se han desarrollado diversas teorías que tratan de justificar su autonomía en la mayor peligrosidad del sujeto agente, de tal forma que aquel que no tiene ni siquiera contemplación con la vida de su pariente, se espera que le será más fácil atentar contra la vida de un particular; tenemos la postura del doble injusto, la cual expresa que en el acto parricida no sólo se mata sino que se anulan las relaciones más próximas y fuertes que un ser humano puede tener; también está presente la teoría de la mayor culpabilidad, la cual enuncia que entre parientes deben primar valores de amor, afecto y ayuda recíproca entre sus miembros, de tal forma ' que el parricida al desoír en su fuero interno el llamado de la naturaleza y la convivencia social su conducta se presenta como más gravosa; así mismo se pretende sustentar la gravedad del parricidio, en la postura de la conmoción social, que expresa que el delito parricida es más grave debido a la repercusión social que causa el acto parricida en la comunidad. Las teorías descritas en las líneas precedentes, son anacrónicas y contradictorias con el estado de derecho, puesto que fundan la existencia del ilícito parricida, no en el análisis del acto realizado por el agente, sino mas bien en la indagación del sujeto parricida, como un ser depravado, por lo que nosotros hemos procedido a analizar el verdadero fundamento del delito parricida, encontrando que éste reside únicamente en la existencia del vínculo parental entre víctima y victimario, y que dicho vínculo parental, sustentador de la autonomía del parricidio, es atentatorio de principios constitucionales y penales, tales como la igualdad ante la ley; el principio de culpabilidad por el hecho, y la sistemática jurídica penal. De acuerdo a lo descrito hasta el momento, encontramos que el delito parricida no posee sustento jurídico alguno que avale su existencia, por lo que en consecuencia, debe ser suprimido del catálogo de delitos del Código Penal Peruano, lo que significa que aquel que mate al pariente no será juzgado por la simple existencia de dicho vínculo parental, sino más bien por la forma de ejecución del ilícito, pudiendo constituirse en homicidio o asesinato, dependiendo de la forma simple o gravosa de comisión delictiva, lo cual se ajusta a> un criterio de justicia y de respeto a la dignidad de la persona, en el sentido que se le hará responsable solo y únicamente por los actos que realice. Lo esbozado, es lo que se analiza y concluye en el presente trabajo de investigación, logrado ello a través de una interpretación orgánica y sistemática de normas penales y constitucionales, que tienen su génesis en el respeto y la protección de la dignidad de la persona, como fin supremo de la sociedad y del estado. Nuestra postura está respaldada, por criterios doctrinarios y por experiencias internacionales, como lo son, la supresión del parricidio de la legislación alemana, australiana, holandesa, suiza y española.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad César Vallejo. Facultad de Derecho y Humanidades
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 12-abr-2024



Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons Creative Commons