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Título: El proceso por delito de ejercicio privado de la acción penal y su aplicación por los juzgados penales unipersonales de Calleria
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Fecha de publicación: 2015
Institución: Universidad Nacional Hermilio Valdizán
Resumen: Desde el 01 de octubre del 2012 se encuentra vigente en Ucayali el Código Procesal Penal (Decreto Legislativo Nº 957) que regula el proceso por delito de Ejercicio Privado de la Acción Penal, y en virtud del artículo 28° de este cuerpo normativo al tratarse de delitos que tienen en su extremo mínimo una pena menor de seis años son competentes para conocer dicho proceso los Jueces de los Juzgados Penales Unipersonales. A la fecha de ejecutarse la presente investigación existen dos Juzgados Penales Unipersonales en Callería. El Libro Quinto del Código Procesal Penal regula los procesos Especiales en donde en la Sección IV se establece el trámite del proceso por delito de ejercicio privado de la acción penal, cuyo artículo 460º precisa que si el Juez considera que la querella no es clara o está incompleta dispondrá que el querellante particular, dentro de tercer día aclare o subsane la omisión respecto a los puntos que señale. Si el querellante no lo hiciere se expedirá resolución dando por no presentada la querella y ordenando su archivo definitivo. Normatividad que perjudica a los que se consideran agraviados por delitos de acción privada más aún que no se ha analizado si los hechos materia de imputación constituyen delitos, y peor aun que el querellante ya no podrá acudir al poder Judicial pues existe una prohibición expresa de renovar querella sobre el mismo hecho punible. Por lo que el plazo de 3 días para subsanar observaciones debe ampliarse, y suprimirse la prohibición de presentar nueva querella, y en consecuencia quien se considere agraviado por ese tipo de delitos tendrá la facultad de poder renovar la querella. Más aún que dentro de los delitos por ejercicio privado de la acción penal se encuentran entre otros, los delitos contra el honor de una persona. La presente investigación jurídica social, tiene como finalidad determinar por qué es deficiente la aplicación de la normatividad procesal en los procesos por ejercicio privado de la acción penal en los Juzgados Penales Unipersonales de Callería entre el 01 de octubre del 2012 al 31 de julio del 2014. Así cómo analizar la actuación de los magistrados y abogados en los procesos por delito de ejercicio privado de la acción penal, lo cual se ha logrado con el análisis documental de los expedientes tramitados y las encuestas aplicadas. Así mismo se establecen las causas por las que existe un número reducido de sentencias condenatorias por delito de ejercicio privado de la acción penal, proponiendo la creación de los medios jurídicos normativos orientados a la justa sanción de este tipo de delitos. Espero contribuir al desarrollo de este tema en nuestro país, analizándolo desde la perspectiva de los derechos fundamentales y desde el fundamento de la dignidad de la persona humana.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Nacional Hermilio Valdizán. Escuela de Postgrado
Grado o título: Doctor en Derecho
Fecha de registro: 30-nov-2017



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