Título: El derecho de las personas mayores a gozar de pensiones no contributivas en la Provincia de Huánuco
Asesor(es): Estacio Flores, Hamilton
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Fecha de publicación: 2014
Institución: Universidad Nacional Hermilio Valdizán
Resumen: Asimismo, se ha realizado una evolución histórica sobre la seguridad social y las corrientes más importantes en ese desarrollo. Este análisis nos ha permitido visibilizar dos corrientes que han dominado el escenario de la seguridad social; y del cual se desprende la comprensión actual de la seguridad social en su vertiente de Pensión no Contributiva. El Perú durante el siglo XIX, XX y hasta el primer decenio del siglo XXI ha desarrollado la seguridad social contributiva nutriéndose de la tradición alemana de los históricos seguros sociales modelo Bismarckiano. Sin embargo, a partir del mes de agosto del 2010 existe una política social que pretende asimilarse a la pensión no contributiva a favor de las personas mayores. Nuestro país ha desarrollado a partir del primer decenio políticas públicas a favor de las Personas Adultas Mayores, denominadas Programa Piloto de Asistencia Solidaria “Gratitud” (D.U. 059-2010) y el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” (D.S. 081-2011-PCM); que representan un avance en el objetivo de pretender normar las pensiones no contributivas en el Perú. Las políticas públicas diseñadas de “Gratitud” y “pensión 65” se encuentran asentada solo en el pilar de las vulnerabilidades (es decir las PAM (personas adultas mayores), son objetos pasivos de protección) y se deja de lado la participación integral de las Personas Mayores para mejorar sus propias condiciones. No se abre espacios públicos para escuchar y asumir las propuestas y pretensiones de las PAM (personas adultas mayores). Las personas adultas mayores representan el 9.1% de la población y es democrático que los representantes participen en el diseño y ejecución de las políticas públicas. El Estado social y democrático de derecho no sólo debe propender a atender las limitaciones de los ciudadanos sino también debe incorporar su real participación democrática. No incluirlos constituye una clara discriminación y marginación que a la postre generará una mayor demanda tutela porque estaremos a
Disciplina académico-profesional: Derecho, mención en Ciencias Penales
Institución que otorga el grado o título: Universidad Nacional Hermilio Valdizán. Escuela de Posgrado
Grado o título: Maestro en Derecho, mención en Ciencias Penales
Jurado: Picón Ventocilla, Jorge; Villogas Silva, María; Ramírez Picón, Leodigario
Fecha de registro: 27-sep-2022