Título: La fundamentación en los requerimientos fiscales de prisión preventiva a partir de julio de 2015
Asesor(es): Cajas Bravo, Tomasa Verónica
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Fecha de publicación: 2017
Institución: Universidad Nacional Hermilio Valdizán
Resumen: La prisión preventiva viene siendo regulada en mérito a la reforma procesal penal peruana implementada con el Código Procesal Penal del año 2004, pues en la lógica de este nuevo sistema se erige a ella, por ser la medida más grave del ordenamiento jurídico penal, como una excepción que se dictará solo en casos graves en los cuales se amerite imponerla en base al peligro procesal. Lo resaltante a dicha medida cautelar es que, se han adoptado sistemas garantistas que han regulado la institución de la prisión preventiva teniendo como base el respeto a la presunción de inocencia. Es por ello que la Corte Suprema en la Casación N° 626-2013, Moquegua, realiza un importante desarrollo, respecto a la importancia que debe tener los requerimientos de prisión preventiva, en el extremo de motivar adecuadamente cada uno de los presupuestos exigidos en la norma. Desde la perspectiva cautelar, la prisión preventiva debe ser instrumental y provisional, con la correcta y adecuada motivación de sus presupuestos exigidos por ley. Ya que los requisitos señalados serán el punto neurálgico de discusión en la audiencia de prisión preventiva sobre los cuales el Fiscal requerirá la imposición de esta medida, para lo cual debe estar fundamentada adecuadamente.
Disciplina académico-profesional: Derecho, mención en Ciencias Penales
Institución que otorga el grado o título: Universidad Nacional Hermilio Valdizán. Escuela de Posgrado
Grado o título: Maestro en Derecho, mención en Ciencias Penales
Fecha de registro: 6-dic-2017