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Título: Vacancia del presidente de la república por incapacidad moral permanente, en la constitución política del Perú 1993
Asesor(es): Rivera Godoy, Elmer
Palabras clave: DerechoVacanciaIncapacidadPresidente
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.00.00
Fecha de publicación: 2022
Institución: Universidad de Huánuco
Resumen: El conflicto político, social y económico que puede generar la vacancia del Presidente de la República es un tema muy álgido, puesto que esa línea delgada, de cruzarse, podría influir sobremanera en el futuro del país, cuyas consecuencias podrían llevar a la pobreza a la Nación, disminuir la inversión extranjera, vulnerar capitales extranjeros e incluso conducir a una anarquía irreversible debido a la toma del poder de grupos políticos que no han sido elegidos en elecciones generales y que asumen el poder del Estado utilizando estratagemas, proyectos extranjeros o incluso grupos terroristas disfrazados o camuflados en partidos políticos tradicionales. El Congreso tiene la capacidad por atribución de la ley de vacar al Presidente de la República de presentarse alguna de las causales, como prohibición moral, o prohibición física, tangible o permanente; y también constituye una de las causales el abandono del territorio nacional sin la autorización del Congreso, o cuando se excede en el plazo de estar fuera del territorio sin autorización previa del Congreso. Constituye otra de las causales, que el presidente impida las elecciones; la disolución del Congreso sin presentar los requisitos indispensables, como es la habilitación del Consejo de Ministros; cuando el presidente obstaculice el adecuado funcionamiento del Jurado Nacional de Elecciones, o por no permitir que se desarrolle con normalidad las elecciones en general. La “vacancia presidencial” no fue contemplada literalmente en nuestra historia sino hasta la Constitución de 1834, por incapacidad moral, esta fue usada para destituir a un presidente con la primera Constitución, la del año 1823. Esta Constitución refería en su Art. 76º la “destitución del mandatario” y fue usada por el parlamento de ese momento para cesar al presidente José de la Riva Agüero por el “Motín del balconcillo”. El cual fue vacado por el Congreso de la república en el año de1823, por la causal de falta moral. Pues si nos damos cuenta de lo acontecido, esta incapacidad moral no es sinónimo de enfermedad mental psíquica, más por el contrario es un mecanismo de intereses políticos que se pueden ver hasta nuestros días.
Disciplina académico-profesional: Derecho Y Ciencias Políticas
Institución que otorga el grado o título: Universidad de Huánuco. Facultad de Derecho Y Ciencias Políticas
Grado o título: Bachiller en derecho y ciencias políticas
Jurado: Santos Gutierrez, Hernando Walferdin; Bravo Vecorena, Darwin; Delgado Y Manzano, Jesús
Fecha de registro: 27-dic-2022



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