Título: Vacancia del presidente de la república por incapacidad moral permanente, en la constitución política del Perú 1993
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.00.00
Fecha de publicación: 2022
Institución: Universidad de Huánuco
Resumen: El conflicto político, social y económico que puede generar la vacancia del
Presidente de la República es un tema muy álgido, puesto que esa línea
delgada, de cruzarse, podría influir sobremanera en el futuro del país, cuyas
consecuencias podrían llevar a la pobreza a la Nación, disminuir la inversión
extranjera, vulnerar capitales extranjeros e incluso conducir a una anarquía
irreversible debido a la toma del poder de grupos políticos que no han sido
elegidos en elecciones generales y que asumen el poder del Estado utilizando
estratagemas, proyectos extranjeros o incluso grupos terroristas disfrazados
o camuflados en partidos políticos tradicionales.
El Congreso tiene la capacidad por atribución de la ley de vacar al Presidente
de la República de presentarse alguna de las causales, como prohibición
moral, o prohibición física, tangible o permanente; y también constituye una
de las causales el abandono del territorio nacional sin la autorización del
Congreso, o cuando se excede en el plazo de estar fuera del territorio sin
autorización previa del Congreso. Constituye otra de las causales, que el
presidente impida las elecciones; la disolución del Congreso sin presentar los
requisitos indispensables, como es la habilitación del Consejo de Ministros;
cuando el presidente obstaculice el adecuado funcionamiento del Jurado
Nacional de Elecciones, o por no permitir que se desarrolle con normalidad
las elecciones en general.
La “vacancia presidencial” no fue contemplada literalmente en nuestra historia
sino hasta la Constitución de 1834, por incapacidad moral, esta fue usada
para destituir a un presidente con la primera Constitución, la del año 1823.
Esta Constitución refería en su Art. 76º la “destitución del mandatario” y fue
usada por el parlamento de ese momento para cesar al presidente José de la
Riva Agüero por el “Motín del balconcillo”. El cual fue vacado por el Congreso
de la república en el año de1823, por la causal de falta moral.
Pues si nos damos cuenta de lo acontecido, esta incapacidad moral no es
sinónimo de enfermedad mental psíquica, más por el contrario es un
mecanismo de intereses políticos que se pueden ver hasta nuestros días.
Disciplina académico-profesional: Derecho Y Ciencias Políticas
Institución que otorga el grado o título: Universidad de Huánuco. Facultad de Derecho Y Ciencias Políticas
Grado o título: Bachiller en derecho y ciencias políticas
Jurado: Santos Gutierrez, Hernando Walferdin; Bravo Vecorena, Darwin; Delgado Y Manzano, Jesús
Fecha de registro: 27-dic-2022