Título: Expediente: N° 00038-2009-0-0403-JM-CL-01 Proceso: civil Materia: indemnización por responsabilidad civil extracontractual ; Expediente : 02141-2014-0-0401-JR-CI-08 Proceso: contencioso administrativo Materia: nulidad de resolución o acto administrativo
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Fecha de publicación: 2017
Institución: Universidad Tecnológica del Perú
Resumen: EXPEDIENTE CIVIL
El presente informe jurídico está referido al análisis sustantivo y procesal del expediente N° 00038-2009-0-0403-JM-CI-0, sobre Indemnización de Daños y Perjuicios Extrapatrimonial que siguió Walter Felipe Castro Cuento en calidad de apoderado de sus hijas Mirian Lili y Carmen Roxana Castro Montoya en contra de Jorge Luis y José Alejandro Velarde Chalco.
El Objetivo principal del presente trabajo, es analizar la procedencia de la pretensión demandada según las normas sustantivas previstas en el Código Civil, en específico las que regulan la Responsabilidad Civil Extracontractual Subjetiva, lo que exige el análisis y estudio de cada uno de los elementos de la responsabilidad civil que la conforman: conducta antijurídica, el factor de atribución (dolo o culpa), el daño o perjuicio (patrimonial o extrapatrimonial) y el nexo causal; indispensables para el amparo o desestimación de la pretensión indemnizatoria. Además, advertiremos los errores procesales cometidos durante el desarrollo del proceso.
Por lo que, el análisis se orienta a identificar si el demandante tenía como única vía (servidumbre), para trasportar la “cosecha” de aceitunas en verde y cumplir con el contrato de compra venta celebrado con tercera persona; lo que permitirá determinar si corresponde indemnización por daños y perjuicios extrapatrimonial, por el cierre de la “servidumbre” a favor del demandante, o si por el contrario existe un supuesto de ruptura de nexo causal.
EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO
Mediante el presente trabajo se pretende analizar una demanda de Nulidad de acto administrativo presentada por la Municipalidad Provincial de Arequipa, en contra del Seguro Social de Salud ESSALUD; a efecto de que se declare la Nulidad de los siguientes actos administrativos.
Pretensión Principal:
Del acto administrativo contenido en la carta N°2258 UPE OCP YAPGRAAR ESSALUD 2013, de fecha 17 de diciembre del 2013, por lo que resuelve DENEGAR la solicitud de nulidad de oficio solicitada por la Municipalidad Provincial de Arequipa por clara contravención al debido proceso y deber de motivación consagrados en el Art. 139 inciso 3 y 5 de la Constitución Política del Estado concordante con el Art. 10 de la ley 27444.
Vía Acumulación Objetiva Accesoria de Pretensiones:
Como consecuencia del amparo de la pretensión procesal, se declare la Nulidad de las siguientes resoluciones administrativas:
a) Resolución N° 125GCPEyS-ESALUD-2013 de fecha 04 de julio del 2013, emitida por la Gerente Central de prestaciones económicas y sociales ESSALUD, por la que se declara infundado el Recurso de Revisión en contra de la Resolución N°327-GRAAR-ESSALUD-2012 sobre prestaciones económicas por incapacidad temporal del asegurado Delia Gómez Gonzales y da por agotada la vía administrativa; por clara contravención al debido proceso y deber de motivación.
b) Resolución N°327-GRAAR-ESSALUD-2012 de fecha14 de mayo del 2012 por la que se declara infundado el Recurso de Apelación presentado, en relación al reembolso de prestaciones económicas por subsidios de incapacidad temporal para el trabajo respecto de la trabajadora Delia Aurelia Gómez Gonzales y confirma en todos sus extremos la Resolución N° 072-UPE-OCPyAP-GRAAR- ESSALUD-2012; por clara contravención al debido proceso y deber de motivación.
c) Resolución N° 072-UPE-SGCP-GRAAR-ESSALUD-2012 de fecha 06 de marzo del 2012, que declara Improcedente la solitud de reconsideración y confirma la Resolución N°280-UPE-OCPyAP-GRAAR ESSALUD-2011 antes señalada por clara contravención al debido proceso.
d) Resolución N°280-UPE-OCPyAP-GRAAR-ESSALUD-2011 de fecha 29 de diciembre 2011, emitida por el Jefe de la Unidad de Prestaciones Económicas Gerencia Red Asistencial Arequipa, mediante el cual se declara improcedente la solicitud de rembolso de prestaciones económicas solicitada por su representada la asegurada Delia Aurelia Gómez Gonzales.
Por lo tanto se pretende analizar desde un punto de vista material si corresponde declarar la nulidad del acto administrativo que se solicita, en un primer momento por haber acreditado los hechos expuestos y en consecuencia si corresponde el amparo legal de la misma.
Asimismo también se realizara una revisión de la actividad procesal seguida por las partes y por el juzgado, si los mismos cumplen con todos los requisitos señalados en la norma adjetiva, es decir, el cumplimiento de formalidades, requisitos, los plazos legales, adecuación de los hechos al derecho; así mismo revisar la actuación del juzgado para verificar que se haya tramitado un proceso judicial debidamente motivado y fundamentado con respeto a las garantías mínimas de ley como es la tutela jurisdiccional y el debido proceso.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Tecnológica del Perú. Facultad de Derecho y Ciencias Humanas
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 3-may-2018