Citas bibligráficas
Castañeda, W., Rodríguez, D. (2020). CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN JUDICIAL DEL LÍMITE MÁXIMO DE LA REDUCCIÓN DE LA PENA EN CASO DE ATENUANTES PRIVILEGIADAS DEL CÓDIGO PENAL PERUANO [Trabajo de investigación, Universidad Privada de Trujillo]. http://repositorio.uprit.edu.pe/handle/UPRIT/355
Castañeda, W., Rodríguez, D. CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN JUDICIAL DEL LÍMITE MÁXIMO DE LA REDUCCIÓN DE LA PENA EN CASO DE ATENUANTES PRIVILEGIADAS DEL CÓDIGO PENAL PERUANO [Trabajo de investigación]. : Universidad Privada de Trujillo; 2020. http://repositorio.uprit.edu.pe/handle/UPRIT/355
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title = "CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN JUDICIAL DEL LÍMITE MÁXIMO DE LA REDUCCIÓN DE LA PENA EN CASO DE ATENUANTES PRIVILEGIADAS DEL CÓDIGO PENAL PERUANO",
author = "Rodríguez Gennell, David",
publisher = "Universidad Privada de Trujillo",
year = "2020"
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Esta investigación se realizó con el objetivo general de determinar cuáles son los criterios para la determinación judicial del límite máximo de la reducción de la pena en caso de atenuantes privilegiadas del código penal peruano. La investigación es de enfoque cualitativo, diseño de investigación explicativo. La muestra cualitativa son instrumentos legales, impresos, gráficos, virtuales y de contenido Web; fueron elaborados dos instrumentos válidos y confiables para la obtención de los datos de las variables en estudio. Se obtuvo como resultado que los criterios que deberán tenerse en cuenta para la determinación judicial del límite máximo de la reducción de la pena en caso de atenuantes privilegiadas del código penal peruano será recurrir estrictamente a la identificación del espacio punitivo que la propia institución jurídica calificada como tal advierta para luego proceder a identificar la prognosis de una pena siguiendo el sistema de tercios, con la mayor o menor concurrencia de las circunstancias genéricas y especificas a fin de determinar la disminución prudencial a partir de la pena del delito, y finalmente interpretar la determinación concreta según el juicio discrecional de los principios de razonabilidad y proporcionalidad, pues resultan necesario establecer límites de reducción para proteger estos principios, de lo contrario tendría que recurrirse al artículo 29° del Código Penal, lo cual es contraproducente. El motivo fue esencial, la inclusión de un novedoso sistema por la Ley N° 30076 acarreó con este la ilusión de una supervisión y orden en la actividad jurídica, pero además la falta de regularización en características importantes y con ello los disímiles levantamientos jurídicos a causa de la falta de un marco reglamentario que aclarará minuciosamente cuál es la naturaleza judicial de las situaciones atenuantes y particulares favorecidas, en qué ambiente del sistema de tercios obrarían y más aún si son coincidentes con esta, lo que establece los propósitos de la presente.
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TI-CASTAÑEDA RODRÍGUEZ y RODRÍGUEZ GENNELL.pdf Acceso restringido | 851.2 kB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir Solicita una copia |
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