Citas bibligráficas
Esta es una referencia generada automáticamente. Modifíquela de ser necesario
Flores, F., Saldaña, S. (2010). La inconstitucionalidad del artículo 4° numeral 4.1 de la Ley N° 28027 [Tesis, Universidad Señor de Sipán]. https://hdl.handle.net/20.500.12802/2380
Flores, F., Saldaña, S. La inconstitucionalidad del artículo 4° numeral 4.1 de la Ley N° 28027 [Tesis]. PE: Universidad Señor de Sipán; 2010. https://hdl.handle.net/20.500.12802/2380
@misc{renati/741834,
title = "La inconstitucionalidad del artículo 4° numeral 4.1 de la Ley N° 28027",
author = "Saldaña Gálvez, Shisell Jackeline",
publisher = "Universidad Señor de Sipán",
year = "2010"
}
Título: La inconstitucionalidad del artículo 4° numeral 4.1 de la Ley N° 28027
Asesor(es): Sime Márques, Alcibíades
Palabras clave: Inconstitucionalidad del artículo 4°; Ley n° 28027
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2010
Institución: Universidad Señor de Sipán
Resumen: Como sabemos la problemática de la suspensión de la ejecución de las medidas cautelares dirigidas a las empresas agrarias azucareras fue regulada, por primera vez, mediante Decreto de Urgencia Nº 101 – 2000.
En la actualidad, la protección al Patrimonio de las empresas Agrarias Azucareras, mediante la suspensión de la ejecución de las medidas cautelares, se encuentra prescrito en el artículo 4º inciso 1 de la Ley Nº 28027 “Ley de la actividad empresarial de la industria azucarera”, la misma que ha sido modificado por las leyes 28288 de fecha 17 de julio de 2004; Nº 28448 de fecha 30 de diciembre de 2004; 28622 de fecha 30 de diciembre de 2005; 28885 de fecha 23 de septiembre de 2006 y por ultimo la ley 29299 de fecha 15 de diciembre del dos mil ocho.
En este sentido la presente investigación, configura de manera general la protección patrimonial contenida específicamente en el Artículo 4º inciso 1 de la ley de la actividad empresarial de la industria azucarera Nº 28027, por tanto el presente trabajo de investigación esta dirigida a los Operadores del Derecho e indirectamente a la sociedad (representada en los trabajadores y accionistas de las empresas azucareras de la Provincia de Chiclayo), pues, la falta de seriedad y poca responsabilidad por parte del Estado, para hacer cumplir la Constitución Política del Perú, que es la norma fundamental de una sociedad; ha logrado que el presente trabajo sea necesario, ya que el Poder Legislativo esta elaborando normas que contravienen la Carta Política del país, desvalorizando la misma y estableciéndola en contraposición con normas ya establecidas.
Es necesario, que la política del Estado este encaminada a proteger los derechos fundamentales de las personas; más aun cuando transgreden sus intereses económicos, siendo éste el que constituyen parte de su desarrollo y bienestar económico de él y de su familia.
Teniendo en cuenta lo plasmado líneas arriba, el presente trabajo de investigación, versa sobre la Inconstitucionalidad del Artículo 4º inciso 1 de la Ley 28027 “Ley de la actividad empresarial de la industria azucarera.
El lector debe tener presente que la investigación jurídica que se ha desarrollado, no se agota solamente en el análisis dogmático, sino que tiene por objeto hacer que el derecho acoja y de cumplimiento a las normas de más alto rango que pueda tener la sociedad, como son aquellas establecidas en la Constitución.
Para la elaboración del presente trabajo, se ha tomado como referencia base los conocimientos de los autores más destacados y reconocidos en materia de Derecho Constitucional y Derecho Laboral, así como la y la colaboración de medio web.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12802/2380
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Señor de Sipán. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 23-may-2017
Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons