Título: La necesidad de establecer estándares mínimos permitidos frente a la contaminación acústica y el impacto en el derecho a la salud
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2015
Institución: Universidad Señor de Sipán
Resumen: La Contaminación Acústica, una amenaza a la tranquilidad y a la salud de la población.
En la sociedad moderna, a la que aspiran y vienen transitando muchos países del mundo, se vive a diario el permanente impacto negativo de la contaminación ambiental de todo tipo. Un problema, muy bien conocido, principalmente por las personas que residen en los núcleos urbanos de las ciudades, es el de la Contaminación Acústica.
Observando las ciudades de nuestro país (incluidos sus pueblos jóvenes), encontramos en la mayoría de ellas, muchos hospitales, centros de atención médica, asilos de ancianos, centros educativos, instituciones laborales públicas y privadas, y áreas residenciales; están rodeadas por calles y avenidas altamente tugurizadas y congestionadas por vehículos motorizados, actividades económicas y recreativas, obras públicas como también privadas, que generan elevados índices de contaminación sonora. Los enfermos, ancianos y niños son los que más sufren con las bocinas de los vehículos; los estudiantes no se concentran en sus labores académicas y muchos trabajadores sufren de estrés y alteraciones psíquicas.
Existen normas internacionales que establecen los niveles permisibles máximos de contaminación sonora en decibeles (dB) que se puedan emitir; y en nuestro país, también han sido elaboradas reglas generales que vienen adecuándose específicamente a la realidad de las diferentes ciudades y que en nuestro caso será la ciudad de Chiclayo. Sin embrago, son pocos los que las tienen en cuenta y hacen caso, más aún, no existen señales que prohíban el uso de claxon y emisión de ruidos elevados en lugares sensibles y de restricción. A esto se suman las competencias y el marketing comercial y electoral (en época de elecciones) a través de sonidos excesivos emitidos por altavoces y otros equipos sofisticados, como por ejemplo las discotecas que han iniciado un calvario sonoro durante las noches, así como las grandes y constantes actividades públicas recreativas generalmente de fin de semana (polladas, parrilladas y demás bulladas) que se realizan en cualquier domicilio o lugar público, ignorando el derecho de tranquilidad de los vecinos.
Para la presente investigación se ha realizado un análisis de diferentes definiciones, clasificación, evolución histórica, características, centrando su atención sobre la contaminación acústica y la afectación al derecho a la salud que es hoy en día un derecho vulnerable en nuestra sociedad, asimismo se estudiara la poca normativa interna utilizada para dar la solución a este problema, el cual ya viene siendo tomado en cuenta por legislaciones extranjeras, respecto a la fundamentación práctica se adquirirá en base a un trabajo de campo mediante un instrumento denominado cuestionario, aplicado a los responsables y a la comunidad jurídica del cual obtendremos resultados que nos brindará una verdadera situación del problema que se ha planteado.
El objetivo de la presente investigación se centró en establecer lineamientos, alternativas legislativas en la protección del medio ambiente y el derecho a la salud. Para lo cual nos planteamos la siguiente hipótesis: “La necesidad de establecer estándares mínimos permitidos frente a la contaminación acústica y el impacto en el Derecho a la salud”; se ve afectada por incumplimientos, y empirismos aplicativos existentes en la Ordenanza Municipal Nº.012-2009-MPCH/A. La metodología de la investigación utilizada fue descriptiva – explicativa.
Habiéndose arribado a la siguiente conclusión general “La regulación de los estándares mínimos sobre el nivel del ruido para una mejor calidad ambiental” está afectado por Empirismos Aplicativos e incumplimiento; debido a que los responsables y la comunidad jurídica desconocen los Planteamientos Teóricos, especialmente los conceptos básicos, o por no cumplirse algunas Normas de nuestro ordenamiento jurídico y por no haber aprovechado las Legislaciones Extranjeras de España, Ecuador, Buenos Aires que están más relacionadas con nuestra realidad, es por eso que se explica por el hecho de que los estándares en la realidad no se están controlando adecuadamente y por lo tanto no se está aplicando los parámetros permitidos en la ordenanza N°012-2009 dada por MPCH/A. en relación a la Contaminación acústicas en la cuidad de Chiclayo.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Señor de Sipán. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 26-oct-2016