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Título: El diseño concentrado de la actividad probatoria y la suspensión de la audiencia para requerir la remisión de documentos a terceros
Asesor(es): Uchofen Urbina, Katherine
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2017
Institución: Universidad Señor de Sipán
Resumen: Dice, el término “prueba” deriva del latín “probatorio probations”, que a su vez deriva del vocablo probus que significa bueno. Lo que resulta probado es bueno, se ajusta a la realidad, y probar consiste en demostrar la autenticidad de una cosa” El problema en que se centra la investigación es que actualmente son muchos los litigantes que van a los juzgados en busca de tutela jurisdiccional Efectiva porque han visto vulnerados sus derechos laborales debido a que su empleador o ex empleador como (Municipalidades, consorcios, servís u otros) no les han hecho efectivo sus beneficios sociales. Por ello deben acogerse a lo establecido en la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) Ley N° 29497 mediante la cual fundamentaran sus pretensiones para recibir lo que les corresponde de manera rápida. Para quien “probar es aportar al proceso por los medios y procedimientos aceptados en la ley, los motivos o las razones que produzcan el convencimiento o la certeza del juez sobre los hechos acontecimientos de prueba como actividad prueba judicial es todo motivo o las razones aportado al proceso por los medios y procedimientos aceptados en la ley, para llevarle al juez el convencimiento o la certeza de los hechos” (concepto de prueba como medio).
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Señor de Sipán. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 18-jun-2018



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