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Título: Propuesta de derogación de la ley 29618 que declara imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado estatal por la contravención a la Constitución Política del Perú y la prescripción en nuestro ordenamiento jurídico
Asesor(es): Uchofen Urbina, Angela Katherine
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2018
Institución: Universidad Señor de Sipán
Resumen: El problema en que se centra la investigación se ha denominado: “Propuesta de derogación de la ley 29618 que declara imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado estatal por la contravención a la Constitución Política del Perú y la prescripción en nuestro ordenamiento jurídico”. Para la presente investigación se ha realizado un análisis de diferentes definiciones relacionada a la imprescriptibilidad de los bienes de bienes de dominio privado del Estado, asimismo se estudiara la normativa utilizando la exegesis de la normativa interna correspondiente y la jurisprudencia; respecto a la fundamentación práctica se obtendrá en base a un trabajo de campo mediante un instrumento denominado cuestionario, aplicado a los responsables, la comunidad jurídica del cual obtendremos resultados que nos brindará una verdadera situación del problema que se ha planteado. El objetivo de la presente investigación se centró en proponer una propuesta legislativa que derogue la Ley 29618, por ser contraria a la Constitución y desvirtuar la figura jurídica de la prescripción adquisitiva de dominio. La metodología de la investigación utilizada fue descriptiva – explicativa Habiéndose arribado a la siguiente conclusión general “La Propuesta de derogación de la Ley que declara imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado estatal por la contravención a la Constitución Política del Perú y la prescripción en nuestro ordenamiento jurídico; se vio afectada por Empirismos Normativos y Discordancias Normativas; que están conexos causalmente y se explican, por el hecho de que los artículos 1 y 2 de la Ley 19618 devienen en ineficaces ya que vulnera el artículo 73 de la Constitución Política del Perú, no tiene efectos jurídicos prácticos, en tanto no cumple con el fin por el cual fue emitido, por lo tanto ambas normas no deberían ser aplicadas por las autoridades administrativas y judiciales a través del control difuso, de la misma manera se debería iniciar un proceso de inconstitucionalidad ya que atenta contra las disposiciones constitucionales. Por lo que se propone una formula legislativa que derogue la Ley 29618, por devenir en inconstitucional”.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Señor de Sipán. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 29-nov-2018



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