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Perez, C., (2018). EL DERECHO DE ACCIÓN DEL YERNO O LA NUERA A DEMANDAR LA PETICIÓN DE LA HERENCIA DEJADA POR LOS SUEGROS [Tesis, Universidad Señor de Sipán]. https://hdl.handle.net/20.500.12802/5166
Perez, C., EL DERECHO DE ACCIÓN DEL YERNO O LA NUERA A DEMANDAR LA PETICIÓN DE LA HERENCIA DEJADA POR LOS SUEGROS [Tesis]. PE: Universidad Señor de Sipán; 2018. https://hdl.handle.net/20.500.12802/5166
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Título: EL DERECHO DE ACCIÓN DEL YERNO O LA NUERA A DEMANDAR LA PETICIÓN DE LA HERENCIA DEJADA POR LOS SUEGROS
Autor(es): Perez Baquedano, Cesar Alexander
Asesor(es): Fernández Vásquez, José Arquímedes
Palabras clave: Sucesión; Herencia; Cónyuge; Conviviente; Suegros
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2018
Institución: Universidad Señor de Sipán
Resumen: El Derecho de Acción del yerno o la nuera a demandar la petición de la herencia dejada por los suegros, es una investigación que tiende a determinar los presupuestos jurídicos que materialicen la inclusión del yerno o la nuera en la masa hereditaria de sus suegros, en representación de su cónyuge o conviviente fallecido. Para tal efecto se ha procedido a realizar entrevistas a Jueces especializados en materia civil y de familia, así como también a analizar la teoría del afecto presunto del causante, el Libro IV del Código Civil – Sucesiones, y legislación extranjera, así como también analizar la problemática desde un punto de los Derechos Humanos; llegando a la conclusión de que la teoría del afecto presunto del causante es una teoría válida, en la medida que se presume que el cónyuge o conviviente fallecido hubiese querido que su cónyuge o conviviente sobreviviente lo represente al momento en que se abra la sucesión de sus padres, al igual que pasa con sus hijos, si en caso hubiera tenido. Asimismo, se ha llegado a la conclusión que el Código Civil determina que el cónyuge es también un heredero forzoso, por lo que haciendo un análisis de la norma éste puede representar a su cónyuge fallecido en la petición de herencia de sus suegros, toda vez que al ser un heredero forzoso tiene la misma categoría que los hijos que representan a sus padres en la herencia de los abuelos, ello en base a la igualdad ante la Ley y en la Ley, de acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12802/5166
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Señor de Sipán. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 24-ene-2019
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