Título: Alternativas legales para fortalecer la competencia municipal en el procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior, en la provincia de Ferreñafe periodo 2014 - 2015
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2016
Institución: Universidad Señor de Sipán
Resumen: En la presente investigación, que constituye la tesis para optar el grado Profesional de Abogada, tiene por título: “Alternativas Legales para Fortalecer la Competencia Municipal en el Procedimiento de Separación Convencional y Divorcio Ulterior en la provincia de Ferreñafe, periodo 2014 - 2015”. La Ley Nº 29227 otorga competencia a todas las Municipalidades Provinciales y Distritales para llevar a cabo este procedimiento; sin embargo, en el análisis realizado apreciamos que este tipo de competencia no está siendo utilizada, por tanto no se encuentra fortalecida toda vez que los usuarios de la provincia de Ferreñafe para disolver su vínculo matrimonial interponen sus demandas ante el Poder Judicial dejando de lado a la vía municipal, entonces nos preguntamos ¿Por qué el estado le otorga facultades a las municipalidades, para que lleven a cabo este procedimiento, cuando en la realidad muchas municipalidades a nivel de todo el Perú no están acreditadas ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos?, ¿Qué es lo que está sucediendo?,¿será acaso un incumplimiento a la Ley?.
Se puede determinar la existencia de un conflicto, esto es que no se encuentra implementada la competencia municipal en el procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior, es así que en el caso de la municipalidad Provincial de Ferreñafe no está acreditada para desarrollar un procedimiento de esta naturaleza, como sucede en muchas otras municipalidades; somos de la idea que se debe priorizar este tipo de procedimiento no contencioso, con la finalidad de cumplir con los principios de celeridad, economía procesal, principio de inmediatez, seguridad jurídica, teniendo en cuenta que es más rápido y accesible para los cónyuges que por mutuo acuerdo desean disolver su vínculo matrimonial. Si las Municipalidades provinciales y distritales de todo el Perú lograrían acreditarse ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos creemos y estamos convencidas que se fortalecerá la competencia municipal normada en la Ley Nº 29227 y desarrollada en el Decreto Supremo Nº 009- 2008-JUS, haciendo que los recurrentes elijan dicha vía municipal, y así disminuirá la carga procesal en los diferentes juzgados civiles y mixtos de los Distritos Judiciales del País.
Estableciendo las alternativas legales para fortalecer esta competencia, como son
i) las municipalidades provinciales y distritales deben obligatoriamente en un plazo no mayor de 6 (seis) meses calendarios, solicitar su acreditación ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; ii) la solicitud de separación convencional y divorcio ulterior y el convenio debe estar autorizado por Abogado, bajo apercibimiento de tenerse por no presentado y disponerse su archivo, iii) los cónyuges deben brindar correo electrónico adicional para las notificaciones respectivas; iv) los cónyuges deben presentar documento nacional de identidad con el estado civil de casado con una antigüedad no menor de tres (03) meses; v) declaración jurada de autorización de ambos cónyuges, que deseen se les notifiquen vía correo electrónico, firmando obligatoriamente dicho documento; vi) transcurrido dos (2) meses de notificada la resolución de alcaldía que resuelve la separación convencional, ambos cónyuges deberán obligatoriamente solicitar el Divorcio Ulterior, bajo sanción de nulidad; vii) la resolución que emita las municipalidades será inapelable con respecto a la que declara la disolución del vínculo matrimonial, salvo que el agraviado demuestre dolo o intimidación; viii) los alcaldes de las municipalidades provinciales y distritales podrán delegar competencia al encargado de la oficina de registro civil, asesor jurídico de la municipalidad o en su defecto podrán contratar a un Abogado especialista en materia civil que se encargará única y exclusivamente de realizar el procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior, bajo responsabilidad del Alcalde; ix) habiendo transcurrido el plazo de 6 meses de la promulgación del proyecto de ley que se presenta, para que las Municipalidades provinciales y distritales se acrediten, y que hasta a la fecha de su promulgación no se hayan acreditado ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Concejo Municipal iniciará la fiscalización respectiva, abriendo un procedimiento Sancionador al alcalde, la sanción que dará el Concejo Municipal, será en base a la Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo en cuenta el Reglamento Interno de cada Municipalidad; salvo que el Alcalde acredite no contar con capacidad técnica, jurídica y económica, debidamente sustentada y fundamentada; x) en caso que durante la tramitación de dicho procedimiento existiera un tercero que interponga oposición, el Alcalde debe inhibirse y remitir todo lo actuado al Juez de turno para que actúe conforme a sus atribuciones, bajo responsabilidad; xi) el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, previamente a la acreditación
debe capacitar a las personas responsables de ejecutar dicho procedimiento, a fin de realizarse de la mejor manera y no incurrir en posibles nulidades, y garantizar el desarrollo del procedimiento. Por lo que la presente investigación debe ser aplicada en la provincia de Ferreñafe toda vez que los niveles estadísticos nos permiten coadyuvar al análisis del procedimiento no contencioso cuando los cónyuges decidan disolver su vínculo matrimonial de manera consensual en la vía municipal.
El objetivo planteado permitirá analizar específicamente a la vía Municipal, en lo que respecta al procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior, sobre todo conocer los alcances de los principios de celeridad, económica procesal, e inmediatez bajo el cumplimiento de la Ley Nº 29227 y su reglamento Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS; de la misma forma analizar los límites de la Competencia Municipal, que es materia de estudio por la densidad de casos que se presentan en los juzgados de familia, civiles y/o mixtos en los Distritos Judiciales del País. También buscamos establecer las medidas y estrategias para fortalecer jurídicamente la competencia Municipal; bajo la toma de planteamientos teóricos, normas y Legislación Comparada, para una adecuada protección a los Derechos y Deberes de los cónyuges sobre sus hijos. Para el objetivo planteado se realizaron diversos instrumentos de investigaciones, entre ellos fueron cuestionarios, solicitudes a las municipalidades, entrevistas, exposiciones sobre el tema materia de tesis que permitió obtener los resultados de los Responsables (Alcalde, Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Ferreñafe), la Comunidad Jurídica (Abogados especializados en Derecho Civil) y Usuarios (cónyuges) que realizarán el Procedimiento No contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior en la Provincia de Ferreñafe.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Señor de Sipán. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 28-sep-2017