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Barahona, E., Pairazamán, F. (2009). La donación de órganos y tejidos en el Código Civil Peruano [Tesis, Universidad Señor de Sipán]. https://hdl.handle.net/20.500.12802/1314
Barahona, E., Pairazamán, F. La donación de órganos y tejidos en el Código Civil Peruano [Tesis]. PE: Universidad Señor de Sipán; 2009. https://hdl.handle.net/20.500.12802/1314
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title = "La donación de órganos y tejidos en el Código Civil Peruano",
author = "Pairazamán Chomba, Flor de María",
publisher = "Universidad Señor de Sipán",
year = "2009"
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Título: La donación de órganos y tejidos en el Código Civil Peruano
Asesor(es): Sime Márques, Alcibíades; Carmona Brenis, Marco Antonio
Palabras clave: Donación de órganos; Código Civil Peruano
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2009
Institución: Universidad Señor de Sipán
Resumen: A pesar que existen muchos casos sobre el tema materia de investigación en donde para quien goza de buena salud es casi imposible percibir el dolor ansiedad, depresión e impotencia que padecen los cientos de enfermos que aguardan la voluntad de sus semejantes para poder prolongar sus vidas pero su agonía se prolonga y empieza a crecer la desesperanza, al saber que cada vez son menos las personas dispuestos ser donantes o permitir que sus familiares lo sean.
Nuestra indiferencia frente al dolor humano nos convierte en cómplices de cultura de insensibilidad que nos corroe a todos, sin pesar que un ser querido nuestro o nosotros podríamos estar en la misma situación de ese enfermo en un futuro.
En el Perú solo existen de 3 a 5 donantes por cada millón de peruanos lo que genera anualmente la muerte de un tercio de los mil 300 pacientes que se encuentran en lista de espera, quienes fallecen al no recibir algún órgano a tiempo.
Un solo donante voluntario puede salvar por lo menos a otras personas, pues cada donante puede proporcionar 2 corneas, 1higado, 2pulmones, 2riñones, además de piel y huesos.
El Estado debería hacer leyes más compulsivas e imperativas que protejan la donación, para las personas que irresponsablemente manejan en estado de ebriedad causando accidentes de tránsito además de causar su muerte y de otras personas inocentes con una sanción resarcitoria donde esta persona sea un donador obligatorio.
Y no solo produciría un doble efecto positivo porque no solo se salvaría la vida de las personas que aguardan bastante tiempo por un órgano u tejido que ellos necesitan para salvar su vida sino además se estaría previniendo accidentes de tránsito por el uso excesivo de alcohol.
Es una manera de convertir una muerte absurda en una esperanza de vida, no es un simple problema de doctores y algunos enfermos, esto es un problema de carácter moral que envuelve a toda la sociedad de igual manera a las leyes que nos rigen y regulan esta materia ya que toda ley debe darse en la realidad.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12802/1314
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Señor de Sipán. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 16-feb-2017
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