Título: La Reparación Civil Inmediata como Requisito Indispensable para la Determinación de la Pena Suspendida en Accidentes de Tránsito Tipificados como Homicidio Culposo
Asesor(es): Vivar Diaz, Victor Raul
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.00.00; https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00; https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2020
Institución: Universidad Privada Telesup
Resumen: La tesis titulada: “La reparación civil inmediata como requisito indispensable
para la determinación de la pena suspendida en accidentes de tránsito tipificados
como homicidio culposo”, es del tipo cualitativo que tuvo como objetivo general:
Establecer las consideraciones referidas a la reparación civil inmediata que
deberían tenerse como requisito para la determinación de la pena suspendida en
accidentes de tránsito tipificados como homicidio culposo. Luego de efectuar, el
análisis de la normatividad de la materia, fundamentalmente en cuanto a la
reparación civil en accidentes de tránsito, las cuales se consideran son dilucidados
como materia de responsabilidad extracontractual o indemnización extracontractual
previsto en el artículo 1969°, 1970° y siguientes del Código Civil.
Además, se procedió a revisar en forma exhaustiva los diversos expedientes
obrantes en los Juzgados Civiles, la cual, nos han permitido determinar como supuesto
general, lo siguiente: El establecimiento de consideraciones referidas a la reparación civil
inmediata permitirá garantizar de manera eficiente la determinación de la pena
suspendida en accidentes de tránsito tipificados como homicidio culposo.
Asimismo, se arribaron a las conclusiones siguientes: (I). Con respecto a
identificar las consideraciones referidas a la reparación civil inmediata que deberían
tenerse como requisito para la determinación de la pena suspendida cuando el
infractor conocía el posible resultado del accidente de tránsito; se concluye que, se
debe cumplir con pagar el monto mínimo exigible (MME), el cual para este caso,
debe cubrir hasta en un 75% del monto de reparación civil impuesto (MRCI), y (II).
Con respecto a identificar las consideraciones referidas a la reparación civil
inmediata que deberían tenerse como requisito para la determinación de la pena
suspendida, cuando el infractor definitivamente ignoraba que la acción podía
producir el accidente de tránsito. Se concluye que, se debe cumplir con pagar como
mínimo un 50% del monto de reparación civil impuesto (MRCI).
Disciplina académico-profesional: Escuela Profesional de Derecho Corporativo
Institución que otorga el grado o título: Universidad Privada Telesup.Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
Grado o título: Abogado
Jurado: Sisniegas Linares Flor de María; Quiroz Rosas Juan Humberto; Nuñez Zulueta Arturo Walter
Fecha de registro: 8-oct-2023