Título: Despenalización del Homicidio Piadoso en los Pacientes con Enfermedades Terminales en el Perú - 2022
Asesor(es): Inocente Ramirez, Cesar David
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.00.00; https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00; https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2023
Institución: Universidad Privada Telesup
Resumen: El objetivo del presente estudio fue Analizar de qué manera la
despenalización del homicidio piadoso favorece a los pacientes con enfermedades
terminales en el Perú-2022; tipo de investigación que fue cualitativo, básico, no
experimental, el instrumento utilizado fue la entrevista, este instrumento permitió
recoger opinión de las personas en estudio, lo que permitió analizar las categorías
y determinar con certeza los supuestos, los diseños fueron el fundamentado y el
narrativo, llegando a los siguientes resultados:
Se debe considerar el derecho a la libertad y el derecho a una vida digna, a
tener calidad de vida, considerando la voluntad del paciente a terminar con su
agonía en una enfermedad dolorosa, se debe dar la eutanasia bajo mandato de un
juez previo debe existir una comisión médica que corrobore que la enfermedad es
incurable y dolorosa.
El artículo 112 del Código Penal no pretende garantizar el derecho a una
vida digna. Más bien, la viola al perpetuar una forma religiosamente de concebir la
vida, que estipula que la vida y la muerte son exclusivamente objetos de la
ordenación divina. Este tipo de normas son incompatibles con un país diverso y
constitucional como el nuestro.
El homicidio piadoso se encuentra tipificado dentro del código penal, que
vulnera el derecho a la libertad es decir no permite llevar a cabo su deseo,
comprendiendo que es una forma de liberarse del dolor y sufrimiento, vulnera el
derecho a una vida digna, es un derecho fundamental que implica una muerte
natural sin dolor y morir dignamente, es una muerte asistida por un médico que
acompaña todo este proceso rodeado de los seres queridos.
Llegamos a las siguientes conclusiones:
La despenalización del homicidio piadoso favorece a una muerte digna sin
dolor y padecimientos por una enfermedad incurable o terminal, siendo
contradictorio al artículo 112° del Código Penal y la Constitución Política del Perú
en su artículo 1°. La despenalización del homicidio piadoso favorece al derecho a la libertad
de elegir cuando terminar con sus dolencias y malestares que involucran al paciente
y los familiares siendo contradictorio al artículo 2° de la Constitución Política del
Perú.
Los derechos fundamentales que son vulnerados son derecho a la libertad,
a una vida digna, dignidad humana, al libre desarrollo personal; por lo que se debe
entender que es morir dignamente.
Disciplina académico-profesional: Escuela Profesional de Derecho Corporativo
Institución que otorga el grado o título: Universidad Privada Telesup.Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
Grado o título: Abogado
Jurado: Quiroz Rosas Juan Humberto; Sisniegas Linares Flor de Maria; Chirinos Susano Rosa Esther
Fecha de registro: 9-ene-2024