Título: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONSECUENCIAS SOCIALES EN MENORES DE EDAD EN EL DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO 2017
Asesor(es): QUIROZ ROSAS, JUAN HUMBERTO
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2018
Institución: UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP
Resumen: La presente investigación titulada “Omisión a la asistencia familiar y
consecuencia sociales en menores de edad en el Distrito de Villa María del Triunfo
2017”.
El Poder Judicial muestra una necesidad de cambio. Una reforma para que
los juzgados civiles en el Distrito de Villa María del Triunfo, no solo fijen las
pensiones alimentarias sino también abran proceso penal cuando los padres no
cumplan con la omisión a la asistencia familiar.
La mayor carga penal en delitos proviene de temas alimentarios. La gente
pensará que es por robo, por violaciones, pero no. Según mi experiencia personal
he podido percibir que el delito de mayor incidencia en el Distrito de Villa María del
Triunfo y en el Perú es el de omisión a la asistencia familiar. Cuando los padres
irresponsables no cumplen con pagar las pensiones alimentistas.
En la institución judicial se observó que en el tema de pensiones alimentarias
se generan dos procesos: primero cuando el juez civil establece el monto de la
pensión a favor de un menor, y, si esta no es pagada, va a la vía penal.
Estas demandas pasar el expediente a la Fiscalía y luego al juzgado penal,
lo que demora varios meses.
Lo que si plantea es que se otorgue competencia penal a los jueces civiles
para que, en el mismo juzgado, primero dé trámite al proceso civil, establezca la
pensión alimentista.
La omisión a la asistencia familiar, en Perú, es un delito contra la familia
tipificada en los artículos 149 y 150 del Código Penal de 1991, estos artículos
castigan con penas de privación de libertad, servicio comunitario multas.
La omisión en el deber de prestación alimenticia cuando esta haya sido
establecida por resolución judicial, agravada en caso de lesión o muerte.
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El abandono de la mujer gestante en situación crítica por el padre. En Perú,
la tipificación como delito se introdujo en la legislación penal por medio de la ley Nº
13906 de 1962.
La razón por la que este hecho pasa a regularse por el derecho penal se
debe, fundamentalmente a que el incumplimiento de los deberes alimentarios ponía
en la mayoría de casos, en peligro la vida y la salud de algunas personas. A esto
se une que, en la actualidad, la familia se convierte en el núcleo básico de la
sociedad en la que vivimos.
Todo esto queda plasmado en la Constitución del Perú que establece, en su
artículo número 4, que la comunidad y el Estado protege a la familia reconociéndola
como una institución natural y fundamental de la sociedad. Teniendo esto en cuenta
el actual Código Penal acoge un capítulo denominado Omisión a la asistencia
familiar.
El bien jurídico protegido en él es la familia, dado que este capítulo está
ubicado en el Título III De los delitos contra la familia. Y código civil y el código del
niños y adolescentes. Pero es necesario precisar este bien jurídico puesto que no
se protege toda la familia si no específicamente, deberes de tipo asistencial donde
prevalece la idea de seguridad de las personas afectadas
Disciplina académico-profesional: ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO CORPORATIVO
Institución que otorga el grado o título: UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP.FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
Grado o título: ABOGADO
Fecha de registro: 19-dic-2020