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Título: Expediente N° 03789-2013-0-1801-JR-FC-08 “Tenencia de menor” / Expediente N° 1582-2019/PS3 “Protección al consumidor”
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.06.00
Fecha de publicación: 2023
Institución: Universidad San Ignacio de Loyola
Resumen: En el presente trabajo se realiza el análisis de un expediente en el que se discute la tenencia y el régimen de visitas correspondiente a dos menores, pretensión que deberá ser resuelta conforme e a las disposiciones del Código de Niños y Adolescentes, así como del Código Civil. Haciendo uso de la tutela jurisdiccional efectiva, la señora RUTH PEÑA VASQUEZ interpone una demanda de TENENCIA ante el Juzgado de Familia mediante la cual solicita que se le dé la tenencia de sus hijos A.A.P.P. y G.J.P.P. quienes le fueron arrebatados sin su consentimiento por JORGE ALEXANDER PEÑAFIEL VARDA, el padre de los menores y que, según ella, este no era una persona idónea para ejercer la tenencia de los menores, pues es una persona violenta y no cuenta con ingresos fijos que garanticen el desarrollo de sus hijos. Por otro lado, esta pretensión es rebatida por el demandado quien afirma que es él, quien ejerce la tenencia de hecho y que se ha venido haciendo cargo de las necesidades de los menores sin que la madre cumple económica ni emocionalmente con ellos, pues no los visita de manera frecuente. De los actuados en el expediente se puede apreciar que en primera instancia se declara infundada la demanda, se le otorga la tenencia al demandado y se establece un régimen de visitas a favor de la madre, así como ayuda psicológica para ambos padres; por ese motivo, la demandante procede a impugnar la sentencia y, en segunda instancia, la Sala Superior revoca la sentencia, reformándola declara fundada la demanda y otorga la tenencia a la madre, estableciendo a su vez un régimen de visitas a favor del padre. Frente a las decisiones contradictorias, se advierte un pronunciamiento de la Corte Suprema, por cuanto el demandado interpuso el recurso extraordinario de Casación, la que finalmente declara fundado el recurso y confirma la sentencia expedida en primera instancia que declara infundada la demanda.

El informe realizado estudia una presunta infracción al artículo 2° del Código de Protección y Defensa del Consumidor por parte de la empresa denunciada al no brindar información clara y accesible al público en el local que indicara que solo las tarjetas emitidas por el banco del proveedor permitían fraccionar el pago en cuotas. En ese sentido, haciendo uso de su derecho como consumidor, el señor SERVIO TULIO ZAPATA RUIZ interpone una denuncia administrativa ante INDECOPI contra TIENDAS POR DEPARTAMENTO RIPLEY S.A. por la supuesta infracción al deber de información del proveedor al no haberle informado oportunamente que el pago en cuotas es exclusivo con la tarjeta del Banco Ripley. De esta manera, se advierte que el problema central del expediente se centra en determinar si se acreditó la infracción al deber de información por parte de TIENDAS POR DEPARTAMENTO RIPLEY S.A. Así, este caso cobra importancia al destacar posibles infracciones a los derechos fundamentales de los consumidores. Por lo tanto, se determinó si la empresa denunciada era responsable al no entregar la información precisa y accesible. Analizaremos el derecho del consumidor a acceder a información veraz y oportuna antes de realizar una compra. En este caso, la falta de claridad en las políticas de fraccionamiento y la ausencia de señalización en el establecimiento podrían haber influido en la elección del Sr. Zapata. Además, se examinó la legalidad y equidad de la política de la empresa denunciada que restringe las opciones de pago, considerando la posible implicación de un método comercial abusivo. Frente a la impugnación de la resolución emitida por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos, la Comisión, en segunda instancia, revocó la resolución final emitida por el O. R. P. S. N° 03 y reformándola halló responsable a la empresa denunciada en el extremo imputado por la infracción del deber de información, concluyendo así el procedimiento administrativo; sin embargo, confirmó el archivo en el extremo por la comisión de una infracción de la aplicación de un método comercial coercitivo; generando de esta manera los votos en discordia de dos miembros de la Comisión. El expediente goza de importancia a nivel teórico y jurídico, debido a que se analizan instituciones importantes como el sistema de protección al consumidor, el deber de información, la regulación de las tarjetas de crédito y la carga de la prueba en el procedimiento administrativo.
Disciplina académico-profesional: Ciencias Políticas
Institución que otorga el grado o título: Universidad San Ignacio de Loyola. Facultad de Derecho. Carrera de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Espinoza Vilchez, July Soledad; Crosby Crosby, Ana Patricia; Beltrán Pacheco, Jorge Alberto
Fecha de registro: 21-mar-2024



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