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Título: Retiro de reconocimiento de estados en el derecho internacional público
Asesor(es): De Urioste Samanamud, Ricardo
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.06.00
Fecha de publicación: 2024
Institución: Universidad San Ignacio de Loyola
Resumen: Los Estados no son los únicos sujetos de Derecho Internacional, sin embargo, son los únicos sujetos plenos. Ergo, los mecanismos y circunstancias mediante los cuales emergen, los elementos de estatalidad con los que deben de cumplir para ser tales y las normas de derecho internacional público que regulan su surgimiento y reconocimiento, son cruciales para la Comunidad Internacional. Si bien el reconocimiento de Estados es un acto unilateral que no tiene naturaleza constitutiva, este define los límites de las posibilidades de interrelación entre Estados y entre estos y otros sujetos de Derecho Internacional En primer lugar, en tanto el reconocimiento de Estados es un acto unilateral que tiene una naturaleza discrecional, consideramos fundamental analizar las limitaciones jurídicas que limitan la voluntad política de los Estados que efectúan dicha declaración. Asimismo, en esa línea, se analizará si un Estado que ha reconocido a otro, puede posteriormente revocar el acto unilateral de reconocimiento formulado en favor de una comunidad política, en tanto subsistan los elementos de estatalidad que fueron considerados para otorgarlo. Adicionalmente, se evaluará si el Estado que ha otorgado el reconocimiento, puede alegar que ha cometido un error al merituar los elementos de estatalidad y al efectuar la evaluación de las normas de Derecho Internacional, a efectos de retirar su reconocimiento. Para efectuar dicho análisis, revisaremos el marco teórico pertinente del Derecho Internacional Público, tales como: las Fuentes de Derecho Internacional, los Actos Unilaterales, el Reconocimiento, El Estado y los Elementos de Estatalidad. Luego de haber cubierto los aspectos teóricos, analizaremos sus alcances a la luz del caso del retiro del reconocimiento formulado por la República del Perú en relación a la República Árabe Saharaui, estableciendo si dicho acto unilateral fue jurídicamente válido.
Disciplina académico-profesional: Ciencias Políticas
Institución que otorga el grado o título: Universidad San Ignacio de Loyola. Facultad de Derecho. Carrera de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Acosta Yparraguirre, Eduardo Martín; Fraga de Mesquita, Fabricio Marvilla; Soto Vallenas, Víctor Gastón Aquiles
Fecha de registro: 13-ago-2024



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