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Título: Barrera procesal en la persecución de delitos de chantaje sexual cometidos a través de las redes sociales
Asesor(es): Perez Burga, Fatima del Carmen
Campo OCDE: http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Fecha de publicación: 2024
Institución: Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo
Resumen: En los últimos años, debido al incremento de la tecnología de la información y la comunicación se ha evidenciado por medio de una amplia investigación que han surgido nuevas modalidades denominados ciberdelitos, afectando directamente a la seguridad y tranquilidad de la población, pues como sucede en los casos de chantaje sexual, los delincuentes tienen una situación de ventaja frente a las víctimas, por lo que es imposible poder reconocer su identidad y mucho menos su ubicación. Sin embargo, no puede investigarse adecuadamente pues el Art. 230° del Código Procesal Penal, exige diversos presupuestos, siendo que, en los delitos de chantaje sexual, la pena no supera los cuatro años según lo estipulado en el Art. 176-C del Código Penal. Es por ello, que esta investigación tecnológica de tipo documental teórica o bibliográfica busca resolver problemas referidos a la impunidad en los delitos contra la libertad sexual en su modalidad de chantaje sexual, desarrollando entre los objetivos específicos, el análisis del Art. 230 del Código Procesal Penal para determinar la eficacia de la medida en la investigación y persecución de delitos de chantaje sexual tipo base, además de sustentar en el Derecho Nacional y comparado la modificación del Art. 230° del Código Procesal Penal en cuanto a las investigaciones fiscales en los delitos de chantaje sexual.

In recent years, due to the increase of information and communication technology, it has been evidenced through extensive research that new modalities called cybercrimes have emerged, directly affecting the security and tranquility of the population, because as in cases of sexual blackmail, criminals have an advantage over the victims, so it is impossible to recognize their identity, much less their location. However, it cannot be properly investigated because Art. 230° of the Criminal Procedural Code requires several assumptions, being that, in the crimes of sexual blackmail, the penalty does not exceed four years as established in Art. 176-C of the Criminal Code. Therefore, this technological research seeks to solve problems related to impunity in crimes against sexual freedom in its modality of sexual blackmail, through the analysis of Art. 230 of the Criminal Procedural Code to determine the effectiveness of the measure in the investigation and prosecution of base type sexual blackmail crimes, in addition to sustaining in national and comparative law the modification of Art. 230° of the Criminal Procedural Code regarding prosecutorial investigations in sexual blackmail crimes
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Ramos Soto, Gladys Yolanda Patricia; Llanos Baltodano, Ana Maria Margarita; Perez Burga, Fatima del Carmen
Fecha de registro: 26-jun-2024



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