Título: La vulneración del derecho a suceder respecto al reconocimiento post mortem de la unión de hecho, en la ciudad de Huancayo, 2018
Asesor(es): Calderon Villegas, Luis Alfredo
Campo OCDE: http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 8-nov-2023
Institución: Universidad Peruana Los Andes
Resumen: La tesis parte del siguiente problema: ¿de qué manera se vulnera el derecho a suceder
respecto al reconocimiento post mortem de la unión de hecho, en la ciudad de
Huancayo, 2018?; siendoel objetivo: determinar de qué manera se vulnera el derecho
a suceder respecto al reconocimiento post mortem de la unión de hecho, en la ciudad
de Huancayo, 2018, asimismo se plantea como hipótesis de investigación la siguiente:
el derecho a suceder se vulnera respecto al reconocimiento post mortem de la unión
de hecho al no existir un pleno reconocimiento jurídico una vez fallecido el causante,
en la ciudad de Huancayo, 2018.; la investigación se ubica dentro del tipo jurídica
social, en el nivel descriptivo; la población se encuentraconformada por abogados en
Derecho Civil de la ciudad de Huancayo, que de acuerdo al presente caso, serán
considerados en el número de 50. Asimismo, la muestra se encuentra constituida por
abogados de la ciudad de Huancayo, que, de acuerdo al presente caso, serán
considerados en el número de 45 abogados en Derecho Civil.
El tipo de muestreo que se utiliza es el muestreo probabilístico aleatorio simple. Se
utilizaron los métodos: inductivo – deductivo. Para la recolección de información se
utilizará la observación y la entrevista, y como instrumento de recolección de datos se
empleará el cuestionario.
Como conclusión se ha mencionado lo siguiente: el análisis teórico, normativo y
jurisprudencial ha determinado que en el caso del reconocimiento a posteriori de la
unión de hecho, los derechos sucesorios se ven afectados porque las personas
distintas de los convivientes no tienen derecho a realizar el proceso administrativo o
judicial de reconocimiento de la unión de hecho después de la muerte por causa de
muerte. El acto de reconocimiento, desconociéndose la oportunidad y los intereses
económicos y morales de los hijos o personas interesadas en dicho reconocimiento
Los resultados muestran que el derecho al éxito en el derecho civil peruano se
resiente en el caso del reconocimiento ex post facto en el caso de uniones de hecho,
ya que las personas distintas de los convivientes no tienen derecho a realizar trámites
administrativos o judiciales para el reconocimiento en caso de destitución, muerte
del matrimonio de hecho.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Peruana Los Andes. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Grado o título: Abogada
Jurado: Montero Yaranga Isaac Wilmer; Vivanco Vasquez Hector Arturo; Azocar Yupanqui Gremy Sonia
Fecha de registro: 6-dic-2023