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Título: El derecho pensionario en el Perú como problema social
Campo OCDE: http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: mar-2022
Institución: Universidad Peruana de las Américas
Resumen: Social security understood as a service provided by the State must protect the rights of all disabled people not only physically but also intellectually to obtain an economic income, as well as those who have performed in the different manual and intellectual activities throughout their lives. life and that when they reach a stage of old age, they have a decent and fair pension that allows them to cover their basic needs and that of their family and have basic health services in the event of possible contingencies. It is up to the State to carry out the corresponding qualifications and register the affiliations and registration of the corresponding beneficiaries and their families so that they are not left in a state of vulnerability or helplessness. On the other hand, attention should not only correspond to formal workers but also to informal ones or those who have had a level of labor dependency with a public or private company, but also those who optionally or optionally wish to join these services. In this order of analysis, it is the State that must be the faithful guarantor of free affiliation without coercion and access to health benefits by the public or private entities delegated for this purpose by mandate of the law and supervise that these health services health and pension, are not only efficient but also effective and that are within the reach of the most dispossessed classes, especially, that is the challenge and commitment of the State towards society.

La seguridad social entendida como un servicio que brinda el Estado debe cautelar los derechos de toda persona impedida no sólo física sino también intelectualmente a obtener un ingreso económico, asimismo de aquellos que se han desempeñado en las diferentes actividades manuales e intelectuales a lo largo de su vida y que llegados a una etapa etárea de senetud tengan una pensión digna y justa que les permita cubrir sus necesidades básicas y la de su familia y tener los servicios básicos de salud ante posibles contingencias. Corresponde al Estado realizar las correspondientes calificaciones que correspondan y registrar las afiliaciones y el registro de los beneficiarios correspondientes y de sus familias a fin que no queden en estado de vulnerabilidad o desamparo. Por otra parte, la atención no sólo debe corresponder a los trabajadores formales sino también a los informales o aquellos que han tenido nivel de dependencia laboral con una empresa pública o privada, sino también aquellos que potestativa o facultativamente deseen afiliarse a estos servicios. En este orden de análisis es el Estado quien debe ser el fiel garante de la libre afiliación sin coacción y acceso a las prestaciones de salud por parte de los entes públicos o privados delegados para tal fin por mandato de la ley y supervisar que estos servicios de salud y pensión, no solamente sean eficientes sino también eficaces y que estén al alcance de las clases sobre todo más desposeídas, ese es el reto y compromiso del Estado para con la sociedad.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Peruana de las Américas. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Castro Eguavil, Jose Carlos; Sialer Niquen, Carlos Alberto; Begazo De Bedoya, Luis Hernando
Fecha de registro: 22-mar-2022; 22-mar-2022



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