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Farge, J., (2021). La exigencia del requisito de estar al día en el pago de la pensión alimentaria en el proceso de exoneración de alimentos y la vulneración al derecho a la tutela jurisdiccional efectiva [Pontificia Universidad Católica del Perú]. http://hdl.handle.net/20.500.12404/19000
Farge, J., La exigencia del requisito de estar al día en el pago de la pensión alimentaria en el proceso de exoneración de alimentos y la vulneración al derecho a la tutela jurisdiccional efectiva []. PE: Pontificia Universidad Católica del Perú; 2021. http://hdl.handle.net/20.500.12404/19000
@misc{renati/536276,
title = "La exigencia del requisito de estar al día en el pago de la pensión alimentaria en el proceso de exoneración de alimentos y la vulneración al derecho a la tutela jurisdiccional efectiva",
author = "Farge Begazo, Johan Guiusseppi",
publisher = "Pontificia Universidad Católica del Perú",
year = "2021"
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El presente artículo jurídico tiene por finalidad demostrar como el exigir de manera absoluta y sin establecerse parámetros, ni excepciones, al cumplimiento del requisito especial contenido en el artículo 565-A del T.U.O del Código Procesal Civil, esto es “demostrar estar al día en el pago de la pensión de alimentos”, de quien pretenda que el órgano jurisdiccional extinguida una obligación de carácter alimentaria al cual se está obligado, vulnera su derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, para efectos del desarrollo del presente trabajo, se busca establecer, que se entienden por derecho a la tutela jurisdiccional efectiva y el marco normativo en el cual este se desarrolla. Asimismo se analiza que debemos de entender por derecho a alimentos y quienes están obligados a otorgarlos, realizando un análisis en concreto de las causales especificas en las cuales se sustentan la pretensión de exoneración de alimentos, establecidas en el artículo 483° del Código Civil, como lo son las siguientes; por la incapacidad material de seguir cumpliendo dicha obligación por parte del obligado, de manera tal que exigirle dicho cumplimiento ponga en riesgo su propia subsistencia; por haber desaparecido el estado de necesidad del alimentista y por ultimo cuando el alimentista alcanza la mayoría de edad. Siendo que una vez fijadas cada causal se establecerá cuáles son los parámetros o excepciones para la aplicación de dicho requisito especial al momento de calificar la demanda, llegando a la conclusión de que el juzgador en todo caso vía control difuso, deberá hacer prevalecer el derecho de carácter constitucional a la tutela jurisdiccional efectiva, frente a un requisito formal que limita el acceso a los justiciables aun pronunciamiento de fondo llevado a cabo en un proceso judicial donde se cumplan las garantías mínimas para verificarse y establecerse sobre la fundabilidad de la pretensión.
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