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Título: ¿Es posible establecer la naturaleza indemnizatoria de la “satisfacción patrimonial” otorgada al consumidor afectado como producto de la imposición de una medida correctiva reparadora sobre el proveedor?
Asesor(es): Moscol Salinas, Alejandro Martin
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 27-mar-2024
Institución: Pontificia Universidad Católica del Perú
Resumen: Al día de hoy, existe una inclinación de parte de la comunidad de jurídica de cuestionar asuntos que tienen que ver tanto con los proveedores como consumidores en una relación de consumo, sobre la cual el Estado tiene una cuota de poder y obligación para asumir un rol protector sobre los segundos. Es en dicho sentido que el problema principal del presente artículo consiste en evidenciar la contradicción entre la Ley de Procedimiento Administrativo General del Perú y el Código de Protección y Defensa del Consumidor en relación a la posibilidad de otorgar indemnizaciones en la vía administrativa. Mientras que la primera establece que no es posible, la segunda contempla la opción de que un proveedor genere una “satisfacción patrimonial“ al consumidor afectado, la cual le será descontada de la indemnización que pueda recibir en un eventual proceso judicial. El objetivo de la investigación es demostrar que esta “satisfacción patrimonial“ constituye en realidad una indemnización, ya que en algunos casos el consumidor no acudirá a la vía judicial y se verá satisfecho con esta compensación mediante la imposición de una medida correctiva reparadora. Por lo tanto, al no ser posible la existencia de un proceso judicial, no habrá indemnización y mucho menos el monto correspondiente a la “satisfacción patrimonial“ podrá ser descontado.

Today, there is a tendency on the part of the legal community to question issues related to both suppliers and consumers in a consumer relationship, on which the State has a share of power and obligation to assume a protective role over the latter. The main problem of the research is the contradiction between the General Administrative Procedure Law of Peru and the Consumer Protection and Defense Code regarding the possibility of granting compensation in the administrative process. While the former establishes that it is not possible, the latter contemplates the option for a provider to generate a “patrimonial satisfaction“ to the affected consumer, which will be deducted from the compensation that they may receive in a possible judicial process. The objective of the research is to demonstrate that this “patrimonial satisfaction“ actually constitutes compensation since, in some cases, the consumer will not resort to the judicial process and will be satisfied with this compensation through the imposition of a corrective restorative measure. Therefore, since the existence of a judicial process is not possible, there will be no compensation, and much less the amount corresponding to the “patrimonial satisfaction“ can be deducted.
Disciplina académico-profesional: Derecho Administrativo
Institución que otorga el grado o título: Pontificia Universidad Católica del Perú. Facultad de Derecho
Grado o título: Segunda Especialidad en Derecho Administrativo
Fecha de registro: 27-mar-2024



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